PROCEDIMIENTOS DE ACTIVACIÓN PSICOSOCIAL:

1. OBJETIVO:
El objetivo de este procedimiento es establecer el mecanismo de activación e incorporación del dispositivo psicosocial ante una emergencia.

2. ALCANCE:
En función de la situación de la emergencia (1,2 ó 3), y de la evaluación de las necesidades psicosociales de la situación, el Responsable psicosocial del correspondiente nivel, mediante procedimiento interno, activará  los recursos oportunos de esa Administración,  y valorará la activación en caso necesario de otros recursos psicosociales que se contemplen en su catálogo de medios y recursos.

3. INSTRUCCIONES:
En caso de ser necesario, la activación de los efectivos, se hará por el responsable psicosocial de la situación 1, 2 ó 3 en función del catálogo de medios y recursos que contendrá los recursos propios y los convenios de colaboración, que deberán contar con una cláusula de activación donde figure el responsable de contacto  y teléfono de activación ó teléfono de sala de 24 horas de la organización con la que se ha establecido el convenio.