Sistema Nacional de Protección Civil (SNPC)
El Ministro del Interior ostenta la superior autoridad en materia de Protección Civil y cuenta con la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, como órgano directivo de asistencia al titular del Departamento.
En la constante evolución del Sistema Nacional de Protección Civil, esta Dirección General será impulsora en su planificación y en la coordinación entre los distintos actores implicados en materia de Protección Civil, tanto de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla, como de los organismos supranacionales e internacionales, aportando en su caso medios útiles para la gestión de emergencias importantes o cuando exista una alta probabilidad de que éstas se produzcan.
De acuerdo con la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil:
La Protección Civil, como instrumento de la política de seguridad pública, es el servicio público que protege a las personas y bienes garantizando una respuesta adecuada ante los distintos tipos de emergencias y catástrofes originadas por causas naturales o derivadas de la acción humana, sea ésta accidental o intencionada.
Funcionamiento del Sistema Nacional de Protección Civil (SNPC)
Consejo Nacional de Protección Civil
- Órganos de la AGE
- Órganos competentes en Protección Civil de las Comunidades Autónomas
- Federación Española de Municipios y Provincias
- Comisión permanente del consejo
- Dirección General de Protección Civil y Emergencias (Secretaría)
El Sistema Nacional de Protección Civil integra la actividad de Protección Civil de todas las Administraciones Públicas,en el ámbito de sus competencias, con el fin de garantizar una respuesta coordinada y eficiente a través de las siguientes actuaciones:
Anticipación
La anticipación tiene por objetivo determinar los riesgos en un territorio basándose en las condiciones de vulnerabilidad y las posibles amenazas y comprende los análisis y estudios que permitan obtener información y predicciones sobre situaciones peligrosas.
Prevención
Comprende el conjuto de medidas y acciones encaminadas a evitar o mitigar los posibles impactos adversos de los riesgos y amenazas de emergencia.
Planificación
Los Planes de Protección Civil son los instrumentos de prevención del marco orgánico-funcional y de los mecanismos que permiten la movilización de los recursos humanos y materiales necesarios para la protección de las personas y de los bienes en caso de emergencia, así como del esquema de coordinación de las distintas Administraciones Públicas llamadas a intervenir.
Respuesta inmediata
Es la actuación de los servicios públicos o privados de intervención y de asistencia tras el acaecimiento de una emergencia o en una situación que pudiera derivar en emergencia, con la finalidad de evitar daños, rescatar y proteger a las personas y bienes, velar por la seguridad ciudadana y satisfacer las necesidades básicas de subsistencia de la población afectada.
Recuperación
Conjunto de acciones y medidas de ayuda de las entidades públicas y privadas dirigidas al restablecimiento de la normalidad en la zona siniestrada, una vez finalizada la respuesta inmediata a la emergencia.
Evaluación e inspección
Se aplicará a todas las actuaciones del Sistema Nacional y la llevarán a cabo las Administraciones Públicas competentes de acuerdo a las directrices elaboradas por el Consejo Nacional de Protección Civil.
Las actuaciones del Sistema se regirán por los principios de colaboración, cooperación, coordinación solidaridad interterritorial, subsidiariedad, eficiencia, participación, inclusión y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
Los ciudadanos y las personas jurídicas participarán en el Sistema en los términos establecidos en la ley.