INTRODUCCIÓN
Objeto
Alcance
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1. 1 OBJETO
En
el Real Decreto 886/1988, de 15 julio, sobre prevención de accidentes
mayores en determinadas actividades industriales, consta la obligación,
para los industriales afectados, de presentar un Estudio
de Seguridad -ES en adelante.
Posteriormente, y para los industriales afectados por los artículos 6 y
7, en la Directriz Básica para la elaboración y homologación de los
Planes Especiales del sector Químico (Resolución del Ministerio del
Interior de 30 de enero de 1991) -DB
en adelante-, se amplía el contenido del ES y se indica que la
Autoridad Competente podrá, en casos excepcionales, exigir,
adicionalmente al ES, un Análisis Cuantitativo de Riesgos -ACR en adelante-, especificando también su contenido.
Ambos
estudios, ES y ACR, tienen como objetivo identificar y evaluar las
condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento y/o
proceso de productos peligrosos, así como identificar los posibles
riesgos y las consecuencias de los accidentes que se pueden derivar de
sus actividades. Quedan englobados en lo que se podría denominar más
genéricamente: Análisis de Riesgos (aunque estrictamente la palabra riesgo
corresponda a un concepto probabilista, se emplea aquí en su sentido más
amplio que no restringe su uso a un análisis cuantitativo ), siendo el
segundo, el ACR, el más completo en su enfoque.
El
objeto de esta Guía consiste en describir las distintas metodologías
de Análisis de Riesgos existentes (ES en el Capítulo 3, ACR en el Capítulo
4 y otras metodologías en el Capítulo 5), así como fijar unos
criterios de selección de las metodologías y métodos aplicables (Capítulo
6).
Esta
Guía tiene un carácter recomendatorio,
lo que implica que se podrá recurrir a metodologías o métodos
distintos a los descritos, siempre y cuando cumplan con los objetivos
fijados, ofrezcan garantías de su adecuación y se justifique
debidamente su uso. |