Ante determinadas informaciones erróneas difundidas este pasado miércoles, el Ministerio del Interior recuerda que la activación de los planes territoriales de protección civil ante una emergencia de cualquier tipo y su posterior gestión es responsabilidad exclusiva de las autoridades autonómicas, que son las competentes en la materia según lo dispuesto en la legislación vigente.
Según la norma en vigor, cuando los organismos competentes para ello detectan posibles riesgos naturales que pueden afectar a población, bienes, infraestructuras, patrimonio cultural y similares, emiten avisos a los organismos autonómicos de Protección Civil, que reciben estas alertas, realizan un análisis de riesgos y evalúan sus posibles consecuencias.
En función de esos análisis, las autoridades autonómicas de Protección Civil activan las alertas correspondientes, que pueden implicar la activación de los diferentes planes en función del tipo de riesgo: incendios forestales, movimientos sísmicos, inundaciones, fenómenos meteorológicos adversos, etc.
Una vez las autoridades autonómicas activan la fase de emergencia de sus planes territoriales de Protección Civil, pueden decretar varias situaciones operativas:
• Situación operativa 1. Ámbito municipal y/o de la comunidad autónoma. Puede afectar a un municipio o a varios y la dirección de la emergencia es responsabilidad de la comunidad autónoma.
• Situación operativa 2. Ámbito autonómico. La emergencia puede afectar a más de un municipio o provincia dentro de la misma comunidad autónoma. La dirección operativa la ejerce la autoridad autonómica en Protección Civil, que activa los medios personales y materiales autonómicos necesarios.
- En esta situación operativa, corresponde a las autoridades autonómicas de Protección Civil la gestión del protocolo ES-Alert para enviar alertas a la población que se encuentre en una zona afectada por emergencias o catástrofes inminentes. En el caso de la DANA que ha afectado a la Comunitat Valenciana, el envío de esta alerta masiva a la población era responsabilidad de la Generalitat, como ya hicieron los gobiernos de las comunidades autónomas de Madrid y Andalucía en pasadas emergencias de similares características.
- También en esta situación operativa, la autoridad competente en Protección Civil puede, en función de la gravedad de la emergencia y la disponibilidad de medios, solicitar a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior, la activación de medios extraordinarios del Estado, como por ejemplo la Unidad Militar de Emergencias (UME).
El Ministerio del Interior hace un llamamiento a todas las administraciones autonómicas y locales concernidas por la respuesta a las consecuencias de la DANA que desde este martes afecta a varias comunidades autónomas para que aunemos esfuerzos para proteger la población afectada y encarar una rápida reconstrucción de las comarcas dañadas.