El Gobierno declara Zona Catastrófica y aprueba ayudas para los afectados por el incendio de Tenerife y otros 36 fuegos

5 septiembre 2023
Incendio
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  • La declaración de zona afectada gravemente por emergencias de protección civil (ZAGEPC) abarca 37 incendios registrados desde el pasado 17 de mayo en las comunidades autónomas de Andalucía, Canarias, Castilla y León, Comunidad Foral de Navarra, Castilla-La Mancha, Comunitat Valenciana y Extremadura

El Consejo de Ministros ha acordado este lunes declarar zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil (ZAGEPC) todo el área dañada por el incendio que se inició el pasado 16 de agosto en los montes de Arafo (Tenerife) y que ha arrasado una superficie aproximada de 14.751 hectáreas.

La declaración de ZAGEPC se extiende también a otros 36 incendios forestales registrados desde el pasado 24 de junio en distintos puntos de las comunidades autónomas de Andalucía, Canarias, Castilla y León, Comunidad Foral de Navarra, Castilla-La Mancha, Comunitat Valenciana y Extremadura.

En concreto, la declaración ZAGEPC ha sido aprobada respecto a la totalidad de los territorios afectados por los siguientes incendios: 
 
•    Bonares y Puerto Real (Andalucía); 

•    Puntagorda-Tirajafe-El Paso, Tejada-Vega de San Mateo y Arafo (Canarias);
•    Santiago de Tormes, Santa Colomba de Curueño, Barjas, Fonfría y Gradefes (Castilla y León); 

•    Esteribar-Olloki y Artajona (Comunidad Foral de Navarra); 

•    Arcicóllar y Puebla de Don Rodrigo (Castilla-La Mancha); 

•    Gilet, Betxi, Enguera, Barxeta, Crevillent, Siete Aguas, Montanejos, Oropesa, Benicarló, Alcalá de Chivert, Gandía, Alberic, Almenara, Burriana, Mutxamel y Cofrentes (Comunitat Valenciana), 

•    Valverde de la Vera, Villanueva de la Vera, Jaraíz de la Vera (2), La Granja, Collado y Valencia de Alcántara (Extremadura). 

AYUDAS DIRECTAS

Las medidas de recuperación, cuya ejecución corresponde al Ministerio del Interior, son las siguientes: 

•    Ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros.

•    Ayudas por destrucción o daños en enseres de primera necesidad: el coste con un límite de 2.580 euros.

•    Ayudas por destrucción total de la vivienda habitual: el coste de los daños, con un máximo de 15.120 euros.

•    Ayudas por daños a la estructura de la vivienda habitual: el 50% de los daños, con un máximo de 10.320 euros.

•    Ayudas por otros daños en la vivienda habitual: el 50% de los daños, con un máximo de 5.160 euros.

•    Ayudas por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios: el 50% de los daños, con un máximo de 9.224 euros.

•    Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales y de bienes: el importe total de los gastos.

•    Ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios: hasta 9.224 euros.

•    Ayudas a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables: entre el 50% y el 100%, según los casos.

•    El acuerdo también prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados.

Estas ayudas están reguladas en el RD 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión, siendo el plazo para presentar las solicitudes de ayuda es de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de terminación de los hechos causantes de los daños.

OTRAS MEDIDAS

El acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros prevé la adopción de otras medidas de ayuda, condicionadas a lo que establezca la normativa dictada por cada uno de los diferentes departamentos competentes para desarrollarlas:

•    Beneficios fiscales: el Ministerio de Hacienda y Función Pública concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponden a los receptores de estas ayudas, que como es habitual estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales.

•    Medidas laborales y de Seguridad Social: los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán desarrollar medidas laborales y de Seguridad Social como bonificaciones y exenciones de cuotas de Seguridad Social.

•    Ayudas a las corporaciones locales: el Ministerio de Política Territorial concederá ayudas, por un importe de hasta el 50%, a los proyectos que ejecuten las entidades locales para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales.

•    Daños en infraestructuras públicas y dominio público: los restantes ministerios, en el ámbito de sus competencias, podrán declarar zona de actuación especial, así como la emergencia de las obras, para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad pública o en el dominio público.