Definición de Situaciones de Emergencia según la Directriz Básica

En función de las necesidades de intervención derivadas de las características del accidente y de sus consecuencias ya producidas o previsibles, y de los medios de intervención disponibles, se establecen las siguientes situaciones de emergencia:

SITUACIÓN 0:

Referida a aquellos accidentes que pueden ser controlados por los medios disponibles y que, aún en su evolución más desfavorable, no suponen peligro para personas no relacionadas con las labores de intervención, ni para el medio ambiente, ni para bienes distintos a la propia red viaria en la que se ha producido el accidente.

SITUACIÓN 1:

Referida a aquellos accidentes que pudiendo ser controlados con los medios de intervención disponibles, requieren de la puesta en práctica de medidas para la protección de las personas, bienes o el medio ambiente que estén o que puedan verse amenazados por los efectos derivados del accidente.

SITUACIÓN 2:

Referida a aquellos accidentes que para su control o la puesta en práctica de las necesarias medidas de protección de las personas, los bienes o el medio ambiente se prevé el concurso de medios de intervención, no asignados al Plan de la Comunidad Autónoma, a proporcionar por la organización del Plan Estatal.

SITUACIÓN 3:

Referida a aquellos accidentes en el transporte de mercancías peligrosas que habiéndose considerado que está implicado el interés nacional así sean declarados por el Ministro del Interior.

Durante el año 2007 las emergencias clasificadas como de situación 0 (68) superan a las de situación 1 (48), hubo 5 emergencias de situación 2. En el año 2008, los sucesos de situación 0 (60) también superan a los de situación 1 (55).
Durante el periodo 1999-2008 se declaro la situación 0 en 722 accidentes (52%), la situación 1 en 576 (41.5%) y tan solo la situación 2 en 11 ocasiones.

Por último, en ningún accidente se produjo la situación 3.