Incendio forestal

Un incendio forestal es aquel fuego que se extiende sin control por terreno forestal que no estaba destinado a arder. Al evidente daño forestal y medioambiental que causa, hay que añadir las consecuencias sobre la población civil y sus bienes que hacen de los incendios forestales un tema a abordar por los servicios de protección civil y emergencias.

De acuerdo a las estadísticas de incendios forestales en España, producen de media unos 17.000 incendios forestales (la mayoría de ellos menores a 1ha.) afectando a unas 114.000ha de superficie forestal. De ellos, según los registros de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias: una media anual de 80 incendios forestales tienen consecuencias sobre la población, principalmente debido a las evacuaciones preventivas, pero también hay que lamentar fallecidos, heridos, cortes de vías de comunicación y servicios, infraestructuras dañadas.

 

Así, debido a la incidencia y consecuencias de los incendios forestales en nuestro país, son muchos los organismos del Estado involucrados en su prevención y lucha. Éstos complementan la acción que corresponde a las Comunidades Autónomas en virtud de sus competencias en protección civil y gestión forestal, aportando medios de extinción de titularidad estatal, y facilitando la incorporación de medios de otras Administraciones, así como la ayuda internacional, cuando ésta resulte necesaria y en la que España es un referente.

 

En este contexto, y en el marco del Plan Estatal de emergencia por Incendios Forestales, la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, como cada año, hace un esfuerzo por coordinar a los distintos organismos estatales a través de su Comité Estatal de Coordinación (CECO) de Incendios Forestales, ejerciendo igualmente el papel de punto focal con la Comisión Europea y los países limítrofes en materia de emergencias, y principalmente realizando un seguimiento de los incendios forestales desde el Centro Nacional de Emergencias (CENEM).

NIPO: 126-21-025-9

Imagenes de medidas de autoprotección de incendio forestales cercanas a casa de campo

AUTOPROTECCIÓN: Incendio en la cercanías de una casa de campo

  • No arrojes agua en zonas en las que pueda haber cables eléctricos.
  • Usa la mangueras para mojar el tejado y los alrededores.
  • Entra en el interior de la casa y cierra todas las puertas, ventanas y persianas para evitar posibles corrientes de aire y la entrada de las llamas.
  • (*)En caso de recibir orden de evacuación, atiende a los dispuesto por la autoridad correspondiente
  • Desconecta todos los suministros.
  • Tapona las rendijas al exterior con paños mojados con agua

(*)A no ser que exista una orden de evacuación por parte de las autoridades, es recomendable no abandonar la casa.

Imagenes de en las proximidades de un incendio

AUTOPROTECCIÓN : En las proximidades de un incendio

  • Si el fuego es muy pequeño e incipiente, trata de apagarlo, priorizando siempre tu seguridad.
  • Si el fuego tiene más entidad, aléjate en dirección opuesta al humo. Respira por la nariz procurando cubrirla con un trapo mojado.
  • No busques refugio en zonas profundas y huye siempre cuesta abajo
  • No intentes cruzar las llamas, puedes quedar atrapado. Si no hay más salida, cruza donde el frente sea más débil.
  • Si el fuego te alcanza, sitúate en la zona ya quemada siempre a espaldas del viento dominante
  • Si se prende la ropa, no corrás: échate a rodar sobre el suelo y, si tienes una manta cúbrete con ella.
Imagenes de prevención : incendios en la cercanía de una casa de campo

PREVENCIÓN : Incendios en la cercanía de una casa de campo.

  • No quemes hojas u otros restos en días de mucho calor o viento.
  • No quemes hojas u otros restos sin autorización.
  • Es conveniente contar con Plan de actuación en caso de Incendios Forestales.
  • Mantén limpios los caminos de acceso a las viviendas de hierba o maleza.
  • Ten conocimiento de las posibles vías de evacuación existentes.
  • Mantén limpios los tejados de materiales combustibles (hojas, ramas, etc)
Imagenes de prevención en el monte

PREVENCIÓN : En el monte

  • No enciendas fuego con cualquier finalidad.
  • Apaga bien las cerillas y cigarrillos (y nunca los tires por las ventanillas del coche).
  • No abandones en el campo botellas, objetos de cristal o basuras que puedan provocar o favorecer un incendio.
  • La quemas de rastrojos o restos vegetales, sólo con autorización y en condiciones de seguridad.
Imagenes de

PREVENCIÓN : Quema de rastrojos o restos vegetales.

  • Si vas a quemar rastrojos vegetales, no lo hagas en días de fuerte viento y/o sequía acumulada.
  • Vigila la quema y no te vayas hasta que esté totalmente apagada, revisando bien los rescoldos.
  • Cuida el uso de maquinaria que genere deflagación, chispas o descargas eléctricas.

El foco de calor que origina la primera ignición del material vegetal combustible puede tener distintos orígenes:

  • Natural: los rayos o los volcanes.
  • Humano: ya sea por negligencia en el manejo del fuego (quemas agrícolas y ganaderas, escape de vertedero, quema de restos forestales, quemas de basuras, colillas arrojadas por fumadores, fuegos pirotécnicos, apicultura, etc), por causa fortuita (chispas de líneas eléctricas, chispas de frenado de ferrocarril, accidentes de vehículos, etc.) o de carácter intencionado con diversas motivaciones por parte del autor.

Cada Comunidad Autónoma establece las restricciones y el periodo de aplicación de las mismas así como otorga los permisos necesarios para realizar quemas en las épocas establecidas.

Así hay CCAA que prohíben, durante todas las épocas del año, encender fuego para cualquier uso distinto de la preparación de alimentos en los lugares expresamente acondicionados al efecto, con la excepción del empleo del fuego en actividades agrarias. Y en las épocas de mayor riesgo de incendios, prohiben encender fuego para la preparación de alimentos o para cualquier otra finalidad.

Por eso hay que consultar, según la Comunidad Autónoma, con los respectivos organismos:

Icono archivo PDF Lista de Organismos

Los Planes de Autoprotección de Empresas, núcleos de población aislada, urbanizaciones, campings, etc, que se encuentren ubicados en zonas de riesgo, así como de asociaciones o Empresas con fines de explotación forestal, establecen las actuaciones a desarrollar con los medios propios de que dispongan, para los casos de emergencia por incendios forestales que puedan afectarles.

Estos planes tienen las siguientes funciones básicas:

  • Complementar las labores de vigilancia y detección previstas en los Planes de ámbito superior.
  • Organizar los medios humanos y materiales disponibles, para la actuación en emergencias por incendios forestales hasta la llegada e intervención de los Servicios Operativos previstos en los planes de ámbito superior.
  • Preparar la intervención de medios ajenos en caso de emergencia
  • Garantizar seguridad, y la eficaz evacuación del personal que puedan verse amenazadas por el fuego.

Los Planes de Autoprotección han de ser elaborados por las urbanizaciones, núcleos de población, campings y otras instalaciones ubicadas en zonas de peligro (que, a su vez, son determinadas por las CCAA). La aprobación de dichos Planes la realizan los Ayuntamientos que los han de incorporar, como anexo, a su Plan Local de Emergencia.

Según el Plan Estatal de Protección Civil para Emergencia por Incendios Forestales, cuando la situación de emergencia afecte a varias provincias de una Comunidad Autónoma, bien porque un incendio se desarrolle entre dos provincias o porque haya incendios simultáneos en diferentes provincias, deberá constituirse un Centro de Coordinación Operativa Integrado (CECOPI) de carácter autonómico desde el que se gestionará el apoyo a las actuaciones llevadas a cabo en las provincias afectadas.

Cuando un incendio afectara a territorio de diferentes Comunidades Autónomas, es preciso establecer ciertas normas organizativas que permitan una eficaz gestión y coordinación de los medios. Además, se deberá designar un Mando Único Integrado del incendio, que será el órgano Director de Extinción sobre el terreno.

La petición de ayuda internacional, cuando resulten claramente insuficientes las posibilidades de incorporación de medios estatales, se efectuará y gestionará por la Dirección General de Protección Civil, a requerimiento del Subdelegado de Gobierno de la provincia afectada por el incendio, o del Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma correspondiente si la emergencia afecta a varias provincias, y previa solicitud del órgano competente de la Comunidad Autónoma.

España cuenta con convenios de ayuda bilateral en materia de Protección Civil con Francia, Portugal y Marruecos, así como está integrada en el sistema de petición/cesión de medios de la Protección Civil Europea.