Situación
1: Referida
a aquellos accidentes que pudiendo ser controlados con los medios
de intervención disponibles, requieren de la puesta en práctica
de medidas para la protección
de las personas, bienes o el medio ambiente que estén o que
puedan verse amenazados por
los efectos derivados del accidente.
Situación
2:
Referida a aquellos accidentes que para su control o la puesta en
práctica de las
necesarias medidas de protección de las personas, los bienes
o el medio ambiente se prevé
el concurso de medios de intervención, no asignados al plan
de la Comunidad Autónoma,
a proporcionar por la organización del plan estatal.
Situación
3:
Referida a aquellos accidentes en el transporte de mercancías
peligrosas que
habiéndose considerado que está implicado el interés
nacional así sean declarados por el Ministro
de Justicia e Interior.