En función de las necesidades
de intervención derivadas de las características
del accidente y de sus consecuencias ya producidas o previsibles,
y de los medios de intervención disponibles, se establecen
las siguientes situaciones de emergencia:
SITUACIÓN 0:
Referida a aquellos accidentes
que pueden ser controlados por los medios disponibles y que, aún
en su evolución más desfavorable, no suponen peligro
para personas no relacionadas con las labores de intervención,
ni para el medio ambiente, ni para bienes distintos a la propia
red viaria en la que se ha producido el accidente.
SITUACIÓN 1:
Referida a aquellos accidentes
que pudiendo ser controlados con los medios de intervención
disponibles, requieren de la puesta en práctica de medidas
para la protección de las personas, bienes o el medio ambiente
que estén o que puedan verse amenazados por los efectos
derivados del accidente.
SITUACIÓN 2:
Referida a aquellos accidentes
que para su control o la puesta en práctica de las necesarias
medidas de protección de las personas, los bienes o el
medio ambiente se prevé el concurso de medios de intervención,
no asignados al Plan de la Comunidad Autónoma, a proporcionar
por la organización del Plan Estatal.
SITUACIÓN 3:
Referida a aquellos accidentes en el transporte de mercancías
peligrosas que habiéndose considerado que está implicado
el interés nacional así sean declarados por el Ministro
del Interior.
Durante el año 2009 las
emergencias clasificadas como de situación 0 (68) superan
a las de situación 1 (65), hubo 2 emergencias de situación
2. En el año 2010, los sucesos de situación 0 (102)
también superan a los de situación 1 (35).
Durante el periodo 2001-2010 se declaro la situación 0
en 712 accidentes (51,7%), la situación 1 en 559 (40,6%)
y tan solo la situación 2 en 10 ocasiones.