Planes especiales ante el Riesgo sísmico
Los planes especiales ante el riesgo sísmico serán elaborados por aquellas Comunidades Autónomas en cuyo territorio existen áreas donde son previsibles sismos de intensidad igual o superior a los de grado VI, delimitados por la correspondiente isosista del mapa de peligrosidad sísmica para un periodo de retorno de 500 años del IGN, de acuerdo a lo establecido en la Directriz Básica de Protección Civil ante el Riesgo Sísmico.Todas las Comunidades Autónomas obligadas a elaborar su Plan Especial ante el Riesgo Sísmico disponen del mismo homologado por la Comisión Nacional de Protección Civil:
COMUNIDAD AUTONOMA | FECHA DE HOMOLOGACIÓN | FECHA DE ACTUALIZACIÓN |
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CATALUÑA | 05.06.2002 | |
BALEARES | 01.12.2004 | |
MURCIA | 19.07.2006 | 29.10.2015 |
PAÍS VASCO | 10.07.2007 | |
ANDALUCIA | 16.12.2008 | |
EXTREMADURA | 28.04.2009 | |
CANARIAS | 03.12.2009 | 12.12.2017 |
ARAGÓN | 03.12.2009 | |
GALICIA | 03.12.2009 | |
VALENCIA | 01.03.2011 | |
NAVARRA | 21.07.2011 | |
CASTILLA-LA MANCHA | 10.09.2018 |
Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Sísmico.pdf
El objetivo del Plan Estatal ante el riesgo símico es establecer la organización y los procedimientos de actuación de aquellos servicios del Estado y, en su caso, de otras entidades públicas y privadas, que sean necesarios para asegurar una respuesta eficaz ante las diferentes situaciones sísmicas que puedan afectar al Estado español.