ORDEN de 29 de marzo de 1989 por la que se dispone la
publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de marzo de
1989, que aprueba el Plan Básico de Emergencia Nuclear.
- Texto completo -
El Consejo de Ministros aprobó, en su reunión del día 13 de marzo de1989, a propuesta del Ministro del Interior y previo informe de la Comisión Nacional deProtección Civil, el Acuerdo por el que se aprueba el Plan Básico de Emergencia Nuclear.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo mencionado y para dotarlode plenos efectos jurídicos, conforme a lo establecido en el Artículo 29 de la Ley deRégimen Jurídico de la Administración del Estado.
Este Ministerio, en el uso de las atribuciones que tiene conferidas, hadispuesto:
Publicar, como anexo I, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 demarzo de 1989, y como anexo II, el Plan Básico de Emergencia Nuclear en el "BoletínOficial del Estado".
ANEXO I
ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN BÁSICODE EMERGENCIA NUCLEAR
La producción de energía eléctrica mediante centrales nucleares depotencia constituye una de las actividades que pueden originar situaciones de emergenciaen los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad publica por escape accidental dematerial radiactivo empleado en las mismas, con repercusión en el exterior de suemplazamiento.
Por ello, es necesario disponer de Planes de Emergencia Nuclear en lasdiferentes provincias en las que se localizan las centrales mencionadas y en los que seestablezcan previsiones para la protección de las personas y de los bienes que puedanresultar afectados por un escape accidental de material radiactivo, con influencia en elexterior del emplazamiento de las instalaciones mencionadas.
En el artículo 11 de la Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre ProtecciónCivil, se dispone que por el Gobierno, a propuesta del Ministro del Interior y previoinforme de la Comisión Nacional de Protección Civil, se aprobaran los Planes especialesde ámbito estatal o que afecten a varias Comunidades Autónomas.
A tal fin, se ha elaborado el Plan Básico de Emergencia Nuclear,teniendo en cuenta la experiencia obtenida en la aplicación de los Planes de EmergenciaNuclear aprobados provisionalmente, en su día, en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 1547/1980, de 24 de julio, sobre reestructuración de la Protección Civil y, asimismo, de conformidad con los criterios radiológicos establecidos por el Consejo de Seguridad Nuclear que, a su vez, ha informado favorablemente sobre el contenido del citado Plan Básico.
Por todo ello, el Consejo de Ministros acuerda:
Primero. Se aprueba el Plan Básico de Emergencia Nuclear que seacompaña como anexo al presente Acuerdo.
El mencionado Plan Básico se designara abreviadamente PLABEN.
Segundo. El Plan Básico aludido contiene las directrices técnicasesenciales para la elaboración de los Planes de Emergencia Nuclear correspondientes a losámbitos territoriales que, de conformidad con los criterios establecidos por el Consejode Seguridad Nuclear, puedan resultar afectados por las consecuencias de los accidentesque se originen en las diferentes centrales nucleares de potencia.
Tercero. El mencionado Plan Básico será de obligatoria observancia entodo el territorio nacional por las Administraciones Públicas y entidades privadas queresulten afectadas por lo previsto en el mismo.
Cuarto. Por el Ministro del Interior, previo informe del Consejo deSeguridad Nuclear y de la Comisión Nacional de Protección Civil, se podrá modificar elPlan Básico mencionado, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Se introduzcan modificaciones en la normativa internacional que hayasido publicada en el "Boletín Oficial del Estado", cuyo contenido debaincorporarse al citado Plan Básico.
b) Se considere necesario, a propuesta de los órganos competentes delas Administraciones Públicas que intervienen en la gestión de los Planes de EmergenciaNuclear, como consecuencia de la experiencia obtenida en la aplicación de los mismos.
c) Se estime necesario como consecuencia de modificaciones establecidaspor el Consejo de Seguridad Nuclear en los criterios aprobados por el mismo que hayanservido de base para la elaboración del mencionado Plan Básico.
Quinto. Por el Ministerio del Interior se adoptaran las medidas quesean necesarias para la aplicación de este Acuerdo.
Sexto. Los Planes de Emergencia Nuclear que fueron aprobadosprovisionalmente en su día por el Ministerio del Interior, serán revisados para suadaptación a lo establecido en el Plan Básico aludido y aprobados de conformidad con loestablecido en la Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil, en el plazo de seis meses a partir de la publicación del presente Acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado".
Séptimo. Los Planes de Emergencia Nuclear actualmente vigentescontinuaran aplicándose hasta que sean sustituidos por los que se elaboren y aprueben,según lo establecido en el Plan Básico de Emergencia Nuclear que se aprueba por esteAcuerdo.
ANEXO II
PLAN BÁSICO DE EMERGENCIA NUCLEAR
Revisión 02. Febrero 1989
Presentación del Plan Básico de Emergencia Nuclear
Presentación
1. Significado.
El documento que se acompaña constituye la Directriz Básica dePlanificación de Emergencia Nuclear para Centrales Nucleares de Potencia. Su finalidad esservir de marco para la elaboración del Plan Especial de Ambito Estatal correspondiente,que se compondrá de los diversos Planes de Emergencia Exterior de Central y Nuclear consus respectivas interfases y del Nivel Central de Respuesta y Apoyo.
Para una mejor comprensión de su significado es necesario tener encuenta una serie de antecedentes, tanto jurídicos y doctrinales como históricos.
2. Antecedentes jurídicos.
La necesidad de Planificar las actuaciones destinadas a asegurar unaadecuada protección a la población, en caso de accidentes nucleares en instalacionesnucleares de potencia con posibles repercusiones en el exterior, reposa sobre dos pilaresbásicos, desde el punto de vista del ordenamiento jurídico español.
a) Las sucesivas reglamentaciones referidas a la concesión delicencias de explotación a dichas instalaciones, que han condicionado con nivelescrecientes de protección y exigencia, dicha concesión a la elaboración de Planes deemergencia por parte de la entidad explotadora: Ley de Energía Nuclear de 1964,Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas de 1972, Guía de Seguridad numero 6de la Junta de Energía Nuclear de 1979, Ley de Creación del Consejo de Seguridad Nuclearde 1980, y Reglamento de Protección Sanitaria Contra Radiaciones Ionizantes de 1982.
b) El Real Decreto 1547/1980, por el que se crea la Dirección General de Protección Civil del Ministerio del Interior y la Ley 2/1985 sobre Protección Civil.
3. Antecedentes históricos.
De este doble origen jurídico se deriva la Planificación deemergencias nucleares en una doble dimensión:
Intrínseca o interior, que establece los requisitos de seguridadnuclear a cumplir por las instalaciones para prevenir posibles anomalías en sufuncionamiento y evitar, en caso de que se produzcan, que de ellas se derivenconsecuencias hacia el exterior.
Extrínseca o exterior, destinada a prevenir y minimizar lasconsecuencias que, por circunstancias no previsibles en las operaciones de lainstalación, pudieran repercutir sobre la población y su entorno.
A esta ultima dimensión esta dedicado el esfuerzo de elaboración delos Planes de Emergencia Nuclear. No obstante, ambas dimensiones son complementarias, enla medida en que es necesario la detección a tiempo de anomalías para la activación delPlan de Emergencia Exterior.
Esa doble dimensión en la Planificación de emergencias en centralesnucleares tuvo una revisión en profundidad a principios de 1983, debida a las nuevasrecomendaciones emanadas de los organismos internacionales, con la elaboración del Plande Emergencia Nuclear de la Provincia de Tarragona (PENTA) vinculado en su origen a laCentral Nuclear de ASCO. Ese nuevo modelo de Plan de Emergencia fue sometido a pruebamediante un simulacro. Posterior y sucesivamente se fueron elaborando los PlanesProvinciales de Cáceres, Guadalajara, Burgos y valencia. Con ellos se fue cumpliendo unprimer objetivo, cual era el dotar de un primer instrumento de Planificación a latotalidad de las provincias sometidas a este tipo de riesgos. Los sucesivos Planes se hanido constituyendo en una experiencia acumulativa de tal manera que cada nuevo documentointroducía mejoras en un intento de perfeccionamiento continuo.
Es precisamente esa experiencia de perfeccionamiento la que ha puestode manifiesto la perentoria necesidad del trabajo de reflexión critica y sistematizaciónen que ha consistido la Directriz Básica que ahora se presenta y que de forma resumida haconsistido en someter a una profunda revisión la idoneidad, coherencia, exhaustividad yajuste de su contenido en función de las necesidades que trata de satisfacer. Esta laborha culminado en la producción de un documento vertebrado, destinado a constituirse en unaguía que sea el esqueleto sobre el cual han de elaborarse o adaptarse los Planesexteriores de cada central nuclear con sus interfases respectivas, procurando así que losmismos respondan a un patrón homogéneo en el que se haya acumulado el máximo nivel deeficacia que la experiencia adquirida y la reflexión posterior han hecho posible.Asimismo, este documento ha de constituir también la base para el desarrollo del nivelCentral de Respuesta y Apoyo. La integración de los Planes de cada central o nivelesestructurales básicos de respuesta, con el nivel central de Respuesta y Apoyo,constituirá el Plan de Emergencia Especial de Ambito Estatal para Centrales Nucleares depotencia.
Una vez informada por la Comisión Nacional de Protección Civil yaprobada por el Gobierno, ha de procederse con urgencia a la elaboración, adaptación odesarrollo de los diferentes niveles de Planificación aludidos.
4. Presupuestos doctrinales.
En su esencia, el trabajo de Planificación que se ha desarrolladohasta la fecha ha perseguido un objetivo básico, cual es el de "evitar, o al menosreducir razonablemente, los efectos adversos de las radiaciones ionizantes sobre lapoblación, en caso de accidente nuclear en una central de potencia con repercusionesradiológicas exteriores". Dichos efectos adversos se evitan mediante la adopción demedidas de protección adecuadas, con anterioridad, si es posible, a la emisión deefluentes radiactivos por la central. A ello se encamina el Plan.
La organización prevista en el Plan Básico se apoya en una serie deprincipios, adecuadamente ordenados, para asegurar el cumplimiento de todos ellos.
En función de su carácter preventivo y de esos principios el Planconsiste fundamentalmente en una estructura organizativa y unas normas concretas, capacesde realizar la conjunción mas acabada posible entre los recursos humanos y materiales.
Esa conjunción reposa sobre tres pilares organizativos básicos:
a) Los recursos propios de las distintas Administraciones Públicas enla demarcación territorial del Estado donde se encuentra ubicada una central nuclear,estructuradas en torno a tres Grupos de Acción y los órganos de dirección del Plan.
b) La asistencia técnica del Consejo de Seguridad Nuclear en laevaluación de los aspectos radiológicos y la propuesta de las medidas de protección.
c) El apoyo de la Dirección General de Protección Civil en laobtención y coordinación de los medios materiales y humanos que excedan la capacidad dela organización del nivel básico de respuesta.
Los medios a utilizar son en gran parte de disponibilidad noespecifica, es decir, que independientemente de su titularidad existen en la demarcaciónterritorial antes citada, cumpliendo funciones de carácter normal, ajenas al Plan deEmergencia. Se incorporaran a la organización en el momento en que se produce laemergencia y es necesaria su colaboración; otros, en cambio, son específicos y han sidoincorporados a la dotación del Plan para uso exclusivo o preferente en caso de emergenciaradiológica.
Con los medios actualmente disponibles, se consigue un nivel mínimoaceptable para garantizar la eficacia del Plan. Sin embargo, es necesario la ejecuciónparalela de un inventario de carencia de medios en los niveles básicos de respuesta ycentral, respectivamente, que recoja todas aquellas necesidades, en los aspectosradiológicos, sanitarios, de transporte, de infraestructura viaria, de comunicaciones,etc., Para elevar el nivel de protección.
Pero la sola disponibilidad de unos recursos materiales y de unpersonal encuadrado en una organización tampoco aseguran por si solos una eficazrespuesta a la emergencia; es necesario que los equipos estén permanentemente encondiciones de uso al máximo rendimiento, lo que es particularmente importante en el casode medios específicos del Plan. Ello supone una labor de mantenimiento permanente de losmedios.
Por otra parte, también es necesario que el personal intervinienteeste capacitado para el cumplimiento de unas misiones que no siempre coinciden con sustareas habituales y que la población reaccione en una forma adecuada disciplinada,solidaria y serena frente a la emergencia. Esta doble exigencia hace necesaria laelaboración de un Plan de Información y Capacitación que permita asegurar estosobjetivos.
Hay que señalar que un Plan de Emergencia no puede ser una estructuraexcesivamente rígida e inmutable. Su dinamismo proviene de su propia naturalezaintrínseca, y deriva de la necesidad de una labor permanente de adaptación a los cambiosque se vayan produciendo en la organización, en la normativa y en la evolución de losconocimientos técnicos sobre esta materia.
Este documento refleja y resume las normas y organización mas aptaspara hacer frente a este tipo de emergencias en el estado actual de los conocimientostécnicos en la materia y se complementa con el desarrollo de directrices por parte delConsejo de Seguridad Nuclear y de la Dirección General de Protección Civil.
Si bien el alcance de la Directriz Básica propuesta queda limitado alas centrales nucleares de potencia, los principios y criterios contenidos en la mismapueden ser utilizados, en gran medida, en la Planificación de actuaciones eninstalaciones o actividades que puedan dar lugar a dicho tipo de emergencia, teniendo encuenta además que la organización que aquí se propone, y los mecanismos dedisponibilidad, comunicación, catalogación y movilización de recursos humanos ymateriales pueden ser aprovechados para emergencias radiológicas, no necesariamenteasociadas a las centrales nucleares.
Por ultimo y de acuerdo con las recomendaciones internacionales, estePlan no prevé las actuaciones que habrían de desarrollarse para la vuelta a lanormalidad. Esta ultima fase, que no puede considerarse puramente de emergencia, por noser determinante de la misma el parámetro tiempo, por la diversidad de escenarios ysituaciones posibles y por la necesidad de una Planificación distinta a la precisa parala emergencia. Esta Planificación habrá de ser desarrollada, de acuerdo con Guías queel Consejo de Seguridad Nuclear elaborara previamente con el concurso de cuantosorganismos e instituciones estime necesarios.
5. Tipología del Plan Especial.
El Plan de emergencia que se derive de la aplicación y desarrollo dela presente Directriz Básica de Planificación de Emergencia Nuclear, para centralesnucleares de potencia, constituirá un Plan Especial de Ambito Estatal, de los previstosen el Artículo 11 de la Ley 2/1985, sobre Protección Civil.
Su especialidad es obvia y viene determinada según el artículo 8 dela misma en función de la singularidad del sector de actividad y del tipo de emergenciasque de tal actividad puede derivarse.
El ámbito estatal del mismo se deriva entre otras razones de lassiguientes características principales:
El fundamental cometido del Consejo de Seguridad Nuclear, únicoórgano competente por ley en materia de seguridad nuclear y protección radiológica enel Estado español.
La necesidad de activación simultánea de dos niveles distintos ycomplementarios para la respuesta y apoyo a la situación de emergencia, que son:
El nivel del entorno de las centrales nucleares que hipotéticamentepuedan sufrir un incidente o accidente.
El nivel central de respuesta y apoyo integrado por la DirecciónGeneral de Protección Civil como órgano coordinador de todos los apoyos necesarios delos diversos Organismos de la Administración Central y de otras Administraciones, y elConsejo de Seguridad Nuclear para todos los aspectos relacionados con la seguridad nucleary protección radiológica, coordinando este a su vez a los diversos organismos y empresaspublicas o privadas cuyo concurso sea necesario en orden a las funciones que tieneatribuidas este organismo.
Debe tenerse en cuenta además que la autorización preceptiva para elfuncionamiento de este tipo de instalaciones es una competencia no delegada del Ministeriode Industria y Energía.
Para el nivel básico de respuesta se ha estimado oportuno y eficazelegir como marco de organización y colaboración interadministrativa la circunscripciónpolítico-administrativa del Estado que es la provincia, sin perjuicio de las aportacionesy apoyos de otros ámbitos geográficos.
PLAN BÁSICO DE EMERGENCIA NUCLEAR
SUMARIO
I. Bases.
I.1 Objetivo.
I.2 Alcance.
I.3 Principios.
II. Estructura.
II.1 Dirección.
III. Operatividad.
III.1 Notificación de sucesos.
ANEXOS.
ANEXO I. Interfase.
ANEXO II. Zonas de Planificación.
ANEXO III. Medidas de Protección.
ANEXO IV. Plan de transmisiones.
ANEXO V. Glosario.
____________________
I. BASES
Siendo intrínseca a la elaboración de un Plan la armonización de unconjunto de conocimientos, métodos y medios para conseguir un fin, se hace preciso darleun marco adecuado para que sea además de congruente, eficaz. Por ello, el objetivo quemarca la meta del Plan, el alcance que pone limites a sus actuaciones y los principios quelo fundamentan, constituyen las bases principales de una Planificación acorde con lafinalidad de proteger a la población frente a situaciones de grave riesgo, catástrofe ocalamidad publica.
El fundamento de estas bases lo constituyen los criterios radiológicosemanados del Consejo de Seguridad Nuclear y que han de ser tenidos en cuenta, explícita oimplícitamente, en la Planificación de la respuesta a emergencias nucleares (*).Dichos criterios son:
1º. No es necesaria, para la
protección de los miembros del publico, la adopción de
medidas protectoras, cuando la
dosis, estimada o medida, sea igual o menor a los
correspondientes niveles inferiores de
intervención.
2º. Es necesaria para la protección de los miembros del
publico la adopción de medidas protectoras, cuando la dosis
estimada o medida, sea igual o superior a los correspondientes
niveles superiores de intervención.
3º. Si el valor estimado o medido de dosis es superior al
nivel inferior de intervención se adoptara la medida protectora
correspondiente cuando sea justificable la reducción del
riesgo radiológico asociado.
4º. Cualquiera que sea la estimación o medida de la dosis
se adoptaran acciones para reducir la
dosis colectiva a valores tan bajos como sea posible
conseguir razonablemente.
5º. Los procedimientos utilizados en la estimación o
medida de las dosis serán aprobados por el Consejo de Seguridad
Nuclear.
6º. La notificación a las autoridades de los sucesos que
hagan necesaria la adopción de medidas de protección sobre la
población, se procurara realizar en un tiempo tal que aquellas
puedan iniciar las actuaciones correspondientes antes de
alcanzarse los niveles inferiores de intervención.
7º. Para la Planificación de las medidas de protección se
establecen dos Zonas de acuerdo con los
efectos radiológicos previsibles. La primera, en donde
puede ser necesaria la adopción de medidas desde el momento de
declaración de la emergencia a fines de protección de los
miembros de la población. La segunda, en donde no es preciso la
consideración inmediata de medidas protectoras, sino la previsión
de vigilancia sobre la radiactividad asociada a los caminos de
exposición a la población.
Los anexos I, II y III y la Guía del Consejo de Seguridad Nuclear,"Modelo Dosimétrico en Emergencias Nucleares", desarrollan los criteriosanteriormente expuestos según el alcance dado al Plan.
I.1 OBJETIVO
Las instalaciones o actividades que precisan de una autorizaciónespecifica del Ministerio de Industria y Energía, por estar incluidas en el ámbito deaplicación de la Ley 15/1980, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear, de la Ley25/1964, sobre Energía Nuclear, del Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas(Decreto 2869/1972), del Reglamento de Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes(Real Decreto 2519/1982) y de la Ley 2/1985, sobre Protección Civil, y por cuanto representa un riesgo a la población, han de cumplir una serie de requisitos legales,técnicos y administrativos que garanticen que dicho riesgo sea aceptable por la sociedaden base a los beneficios que de tales instalaciones o actividades se derivan.
Según el conocimiento actual no pueden excluirse de forma absolutasucesos que conduzcan a situaciones de emergencia radiológica. Estas situacionesse caracterizan por la posibilidad de emisión incontrolada de material radiactivo quepueda inducir un riesgo radiológico a la población, superior al aceptable.
Siendo necesario tener previstas actuaciones para hacer frente a estascontingencias se elaborara el presente Plan que tiene como objetivo:
Evitar, o al menos reducir en lo posible, los efectos adversos de lasradiaciones ionizantes sobre la población en caso de accidente nuclear.
I.2 ALCANCE
El Plan contempla las actuaciones a seguir en el caso de producirse unaemergencia radiológica en centrales nucleares de potencia. Sin embargo, muchos de losprincipios, criterios y guías contenidos en este Plan pueden ser utilizados en laPlanificación de actuaciones para otro tipo de instalaciones o actividades en dondepuedan darse tales emergencias.
De las tres fases en las que se suele dividir este tipo de emergencias:Inicial, intermedia y final, el Plan se centra en la problemática presentada en las dosprimeras, dado que en ellas se hace necesaria la adopción urgente de medidas deprotección que permitan el cumplimiento del objetivo propuesto.
El alcance, pues, es:
Planificación de actuaciones en caso de emergencia radiológica producida por la posibilidad de accidente nuclear en una central nuclear de potencia durante las dos primeras fases preferentemente.
I.3 PRINCIPIOS
Se inscriben en este apartado aquellos principios que constituyen elfundamento de toda Planificación para que sea eficaz ante una situación de emergencia yalcanzar su fin ultimo que es la protección de la población. Son:
a) Notificación a la autoridad
competente de sucesos que puedan inducir daños a las personas o a
sus bienes.
b) Evaluación de los sucesos con el fin de conducir la
magnitud del daño o riesgo.
c) Establecimiento de
fases o situaciones en concordancia con las medidas de
protección que deben adoptarse.
d) Actuación coordinada de las diferentes organizaciones
involucradas de manera que se consiga el máximo nivel de
protección.
e) Conocimiento de la capacidad y de los medios tanto
humanos como materiales necesarios.
f) Información a la población afectada y al publico en
general.
g) Mantenimiento de la efectividad del Plan a través de
revisiones y entrenamientos periódicos con el personal y equipos
asociados a la emergencia.
II. ESTRUCTURA
Tiene como finalidad la materialización del objetivo y alcance de lasbases sobre las que se sustenta el Plan de Emergencia Nuclear, a través delestablecimiento de una organización y de la asignación de funciones a los distintoselementos que la integran (figura 1).
II.1 DIRECCIÓN
El Director del Plan será el Gobernador Civil de la provincia donde seencuentre radicada la central nuclear. Sus funciones básicas son las siguientes:
- Declarar la fase y situación de
emergencia que corresponda según las características del
accidente y de las condiciones existentes.
- Decidir y ordenar las medidas a aplicar en cada una de
las situaciones.
- Determinar y coordinar la información al publico tanto
la destinada a adoptar medidas de protección como la general
asociada con el suceso.
II.1.1 Centro de coordinación operativa (CECOP).
El CECOP es:
- El puesto de Mando del Director
del Plan y esta situado en el Gobierno Civil.
- El órgano de trabajo del Director del Plan para la
dirección y control de las operaciones de emergencia y
- El lugar donde tienen su Puesto de Mando los Jefes de
los Grupos de Acción, el representante de las FAS y donde se
recibe la información de la situación, se analiza y se traduce en
decisiones.
El CECOP esta constituido por la Sala de Coordinación Operativa (SACOP) y por el Centro de Transmisiones (CETRA).
El jefe de los Servicios Provinciales de Protección Civil actúa como Jefe del CECOP y cumple las siguientes funciones:
- Auxiliar e informar al Director
del Plan de la marcha de las operaciones.
- Trasladar las ordenes del Director del Plan a quienes
deban encargarse de su ejecución.
- Mantener la necesaria coordinación entre los Grupos de
Acción para facilitar la labor de los mismos.
- Coordinar la recepción y emisión de los mensajes que se
transmiten a través del CETRA, asegurando el enlace entre este y
el SACOP.
- Asistir a las reuniones del Comité Asesor.
- Prever la posibilidad de envío de un técnico de
Protección Civil a los
Centros de Apoyo activados por la
Entidad Explotadora , cuando así lo determine el
Director del Plan.
El jefe del Ejército designado por la Autoridad Militar informara al Director del Plan de las ayudas que puedan proporcionar las Fuerzas Armadas en el ámbito regional, tanto en personal como en recursos materiales, transmitiendo a sus mandos respectivos las solicitudes de apoyo para su pronta ejecución.
II.1.1.1 Sala de Coordinación Operativa (SACOP).
El SACOP esta bajo la dependencia directa del Jefe del CECOP, y en el están previstos los puestos desde donde realizan sus funciones los Jefes de los Grupos de Acción.
II.1.1.2 Centro de Transmisiones (CETRA).
El CETRA depende operativamente del responsable del Servicio de Transmisiones de Protección Civil.
En el apartado 3.5, Conocimiento de la Capacidad y Medios Disponibles,se establecen las directrices para su equipamiento, y en el anexo IV, Plan deTransmisiones, los criterios de organización.
II.1.2 Comité Asesor.
Para asistir al Director del Plan, en los distintos aspectosrelacionados con el mismo, se establece un Comité Asesor compuesto por las siguientespersonas:
- Secretario General del Gobierno
Civil de la Provincia donde este radicada la central nuclear de
potencia.
- El Director provincial del Ministerio de Industria y
Energía.
- El Jefe del Grupo Radiológico.
- El Jefe del Grupo Sanitario.
- El Jefe del Grupo Logístico.
- Representante de las Fuerzas Armadas.
- Jefe de los Servicios Provinciales de Protección Civil.
- Representante de los Servicios de Protección Civil de la
Comunidad Autónoma en la que radique la central nuclear,
designado por el órgano competente de la misma.
- Técnicos y funcionarios de la Administración Central o
Autonomía u otras personas que el Director del Plan considere
oportuno.
II.1.3 Gabinete de Información.
Dependiendo directamente del Director del Plan, se constituye unGabinete de Información dentro del Gobierno Civil, cuyas funciones son las siguientes:
- Difundir las ordenes, consignas
y recomendaciones orientativas, que el Director del Plan dicte, a
través de los medios de comunicación social pertinente.
- Centralizar, coordinar y preparar la información general
sobre la emergencia de acuerdo con el Director del Plan y
facilitarla a los medios de comunicación social.
- Informar en relación con la emergencia a cuantas
personas lo soliciten.
- Obtener, centralizar y facilitar toda la información
relativa a contactos familiares, localización de personas y datos
referidos a los posibles evacuados y trasladados.
II.2 GRUPOS DE ACCIÓN
La ejecución de las medidas y acciones previstas en este Plan seestructuran a través de tres Grupos de Acción: Radiológico, Sanitario y Logístico,cuya organización y funciones se describen a continuación.
II.2.1 Grupo Radiológico.
Es el responsable de seguir y evaluar la emergencia desde el punto devista radiológico, y proponer a la Dirección del Plan las medidas de protección aadoptar. Concretamente, tiene asignadas las siguientes funciones básicas:
- Estimar la evolución del suceso
iniciador con el concurso de todos los medios humanos y técnicos
del Consejo de Seguridad Nuclear, en base a los estudios de
riesgo vigentes y otras técnicas.
- Medir y analizar los niveles de radiación y
contaminación (interna y externa).
- Estimar los efectos radiológicos del suceso sobre la
población de conformidad con la Guía del Consejo de Seguridad
Nuclear "modelo Dosimétrico en Emergencia Nuclear".
- Proponer a la Dirección del Plan las medidas de
protección adecuadas.
- Su organización se estructura según el organigrama
adjunto (figura 2).
Para el cumplimiento de las funciones asignadas al Grupo Radiológico,este tendrá la estructura que se describe a continuación.
II.2.1.1 Jefe del Grupo.
El jefe del Grupo Radiológico será designado por el Consejo deSeguridad Nuclear, bien entre su propio personal facultativo, bien entre el personal delas Comunidades Autónomas a las que en virtud de Ley de creación hubiere encomendadoesta función.
El Director del Plan, a propuesta del Jefe del Grupo y previo informedel Consejo de Seguridad Nuclear y de la Comisión de Protección Civil de la ComunidadAutónoma correspondiente, designara un Segundo Jefe entre Técnicos de la AdministraciónCentral o de las Comunidades Autónomas atendiendo a su preparación técnica, cargo quedesempeñen, y proximidad de su residencia a la capital de provincia donde este radicadoel CECOP. Este Segundo Jefe actuara durante los primeros momentos, en tanto no se personeen el CECOP el Jefe del Grupo, siguiendo las directrices que, desde los primeros momentos,reciba del Consejo de Seguridad Nuclear, a través de su Sala de Emergencia (SALEM).
El Segundo Jefe del Grupo Radiológico, sustituirá al Jefe del Grupoen sus ausencias y asistirá al mismo en el cumplimiento de sus funciones.
El jefe del Grupo Radiológico tendrá las siguientes funciones:
- Aplicar las Directrices del Plan
en su aspecto radiológico, en constante comunicación con el
SALEM.
- Recabar y analizar la información suministrada por la
central nuclear accidentada, los Equipos de Protección
Radiológica y la Red de Alerta a la Radiactividad coordinando y
supervisando la acción de sus equipos.
- Controlar la exposición del personal de emergencia.
- Mantener contacto y recabar la información del Servicio
meteorológico para conocer la evolución temporal de las
condiciones meteorológicas de la zona.
- Determinar las ayudas exteriores que sean necesarias
para el cumplimiento de sus funciones.
- Colaborar en el mantenimiento de la efectividad del
Plan.
En lo que se refiere a su asesoría al Director del Plan, estaconsistirá en la estimación de las dosis basadas, bien en la información procedente dela central, bien en los resultados de las medidas ambientales efectuadas con equiposmóviles, portátiles o fijos. Como resultado de dicha estimación extraerá conclusionesen forma de propuestas sobre: las medidas de protección a tomar, las zonas en dondedichas medidas han de aplicarse, la selección de las Estaciones de Clasificación yDescontaminación (ECD) y de las Areas Base de Recepción Social, las vías deevacuación, etc.
Para la obtención de las medidas ambientales y para la ejecución delas acciones dispondrá del apoyo de técnicos especialistas del CIEMAT o de otrasprocedencias y de ENRESA para la gestión de residuos radiactivos.
II.2.1.2 Técnicos y especialistas del CIEMAT y de otras procedencias.
Estos colaboradores, bajo la supervisión de especialista del CSN,tendrán las siguientes funciones:
- Efectuar el control radiológico
del personal, material y equipo.
- Medir los niveles de radiación y contaminación en suelo,
aire, agua y alimentos.
- Evaluar los resultados de los análisis y controles.
- Operar las unidades móviles e instrumentación portátil.
- Informar a la Jefatura del Grupo de los datos y
resultados obtenidos.
Las unidades móviles serán de dos tipos: Terrestre y aéreo.
Las funciones de las unidades terrestres consistirán en el seguimientoy en la medida del nivel de radiación de la precipitación radiactiva.
Las funciones de las unidades aéreas consistirán en el seguimiento ymedida del nivel de radiación de la nube radiactiva.
Parte de este personal se destacara, si fuese preciso, a las EDC paraproceder en colaboración con el Grupo Sanitario, y bajo la supervisión de losespecialistas del CSN, a realizar el control radiológico de las personas evacuadas, laspersonas que participen en la emergencia, y del material y equipos que pudieran haberquedado contaminados.
II.2.1.3 Red de Alerta a la Radiactividad.
Las estaciones fijas de la Red de Alerta a la Radiactividad tienen porobjetivo proporcionar datos relativos a la radiación existente en las proximidades de lasmismas.
En todos los núcleos urbanos de la Zona I (anexo II, Zonas dePlanificación) existe, en el edificio del Ayuntamiento, una estación fija quecomplementa la red y permite a las autoridades locales tener una información permanente.
La misión de los Operadores de la red es informar a la Jefatura delGrupo de los niveles de radiación que acusen los equipos.
II.2.2 Grupo Sanitario.
Es responsable de la asistencia sanitaria a la población.Concretamente tiene asignadas las siguientes funciones básicas:
- Aplicar las medidas
profilácticas que se dictaminen. Asistir a las personas
irradiadas o contaminadas, así como a todos aquellos que
necesiten asistencia sanitaria.
- Evacuar, en colaboración con el Grupo Logístico, a las
personas que necesiten transporte sanitario.
- Realizar el control medico de las personas evacuadas
según el organigrama adjunto (figura 3.)
Para el cumplimiento de las funciones asignadas al Grupo Sanitario,este tendrá la estructura que se describe a continuación.
II.2.2.1 Jefe del Grupo.
El Grupo Sanitario estará dirigido por un Jefe que será designado porel Director del Plan a propuesta del órgano competente de la Comunidad Autónoma en laque radique la central nuclear de potencia.
El Jefe del Grupo Sanitario tendrá las siguientes funciones:
- Asesorar al Director del Plan en
todo lo referente a los aspectos sanitarios.
- Formar parte del Comité Asesor.
- Asegurar el cumplimiento de las directrices sanitarias
del Plan.
- Colaborar en el mantenimiento de la efectividad del
Plan.
Para ello, constituirá una Comisión Asesora, de entre cuyosintegrantes designara de acuerdo con sus competencias y funciones, los Jefes de losServicios Operativos que constituyen el Grupo.
El Jefe del Grupo Sanitario designara, asimismo, a un Segundo Jefe,para asistirle en el cumplimiento de sus funciones, sustituirle en sus ausencias, asegurarla adecuada coordinación entre los Jefes de los Servicios Operativos, y hacerse cargo delas funciones que específicamente se deleguen.
El jefe del Grupo tendrá su puesto de mando en el CECOP, y estaráenlazado con la sede del Grupo Sanitario que es el lugar donde se realizara lacoordinación de los medios humanos y materiales con que cuentan los diferentes serviciosdel Grupo. Los apoyos o asesoría que estime necesario de la Administración Centralserán gestionados a requerimiento del Director del Plan, por la Dirección General deProtección Civil.
II.2.2.2 Servicios Operativos de Sanidad.
Para la ejecución de las funciones del Grupo Sanitario se establecencinco Servicios Operativos de Sanidad.
Servicio Sanitario de Primera Intervención: Esta constituido porlos equipos integrados por los Jefes locales de Sanidad de los Municipios de la zonaafectada y los sanitarios locales.
Estos equipos estarán, a su vez, dirigidos y coordinados por un Jefedel Servicio, que se mantendrá en permanente comunicación con el Jefe del GrupoSanitario.
Las funciones de los Jefes Locales de Sanidad son las propias que sederivan de su cargo y, particularmente, en relación al Plan de Emergencia, lassiguientes:
- Evaluar y proponer la prioridad
en la evacuación de
grupos críticos.
- Evaluar y ejecutar la evacuación preventiva de los
posibles enfermos o impedidos.
- Asistir sanitariamente en los casos de traumatismos, de
pánico, etcétera, procurando paliar en lo posible las situaciones
de histeria colectiva que puedan presentarse.
- Realizar tratamiento medico urgente a las personas
potencialmente contaminadas, que presenten además lesiones
traumáticas.
- Distribuir fármacos profilácticos contra la
contaminación interna cuando lo ordene el Jefe del Grupo
Sanitario.
- Colaborar en la información a la población afectada
sobre normas de conducta a seguir (permanencia en domicilios,
prohibición, en su caso, de ingestión de agua y alimentos,
etcétera).
- Recoger toda la información posible sobre el personal
afectado, las incidencias sanitarias que vayan produciéndose y
las necesidades de asistencia, para informar a su vez al Jefe del
Grupo Sanitario, que será quien centralice la información sobre
la evolución sanitaria de la emergencia.
- Realizar el control sanitario del personal que haya
necesitado asistencia y del material y equipo utilizado.
Servicio de Estaciones de Clasificación y Descontaminación (ECD):Esta constituido por los Jefes Locales de Sanidad y los sanitarios locales de losMunicipios sede de las ECD y cuenta con la colaboración del Equipo de ProtecciónRadiológica asignado.
Las ECD serán activadas y coordinadas en su funcionamiento por el Jefedel Servicio, que se mantendrá permanentemente en comunicación con el Jefe del GrupoSanitario.
En las ECD se realizara el recuento y clasificación de las personasallí evacuadas, la descontaminación de las personas potencialmente contaminadas, y laaplicación de medidas profilácticas; también se decidirá la remisión a los hospitalesde apoyo o a los centros de tratamiento de irradiados de las personas que requieran unaatención especializada.
Sus misiones básicas serán:
- Recibir e identificar a la
población remitida por el Servicio Sanitario de Primera
Intervención.
- Evaluar la dosis recibida o la contaminación asociada
para determinar el traslado a un centro de tratamiento de
irradiados o proceder a la
descontaminación o tratamiento medico mas adecuado.
- Determinar la remisión del personal ingresado a la ABRS
o a los Centros Sanitarios de Apoyo, según corresponda.
- Servicio de Asistencia Sanitaria de las Areas Base de
Recepción Social (ABRS): se integra con los Jefes Locales de
Sanidad y los sanitarios locales de los municipios con funciones
de ABRS.
Estos centros serán activados y coordinados por el Jefe del Servicio,que se mantendrá en permanente comunicación con el Jefe del Grupo Sanitario.
Sus integrantes se encargaran de la asistencia sanitaria y vigilanciaepidemiológica de los evacuados hasta su regreso a los lugares de origen o su remisión alos centros especializados y controlaran periódicamente las condiciones higiénicas delas ABRS.
Servicio Sanitario de Apoyo: Se integrara con los CentrosSanitarios de Apoyo que se consideren necesarios y que se elegirán entre los hospitales yclínicas de la provincia.
Estos centros serán activados y coordinados por el Jefe del Servicio,que recabara estricta información sobre los recursos disponibles en cada uno de ellos alactivarse el Plan y se mantendrá en comunicación permanente con el Jefe del GrupoSanitario.
Los Centros Sanitarios de Apoyo prestaran asistencia medica general alas personas remitidas por el Servicio Sanitario de Primera Intervención, las ECD y ABRS.
Servicios Médicos para Irradiados: Este Servicio se constituye conel personal e instalaciones especializadas del Centro Medico de Irradiados, que sedesigne.
Este centro será activado por el Jefe del Servicio que se mantendráen comunicación permanente con el Jefe del Grupo Sanitario. Su función será laprestación de asistencia sanitaria especializada al personal remitido por las ECD, elServicio Sanitario de primera intervención o el Servicio Sanitario de la central.
II.2.3 Grupo Logístico.
Es el responsable de la previsión y provisión de todos los medioslogísticos que el Director del Plan y los demás Grupos necesiten para cumplir susrespectivas misiones, así como de la realización de las operaciones de movilización dedichos medios para cumplir la finalidad global del Plan. Concretamente tiene asignadas lassiguientes funciones básicas:
Mantener actualizado el inventario de recursos y medios a emplear,clasificados de acuerdo con sus características.
Establecer las previsiones necesarias con el fin de atender cuantasnecesidades surjan en relación con:
- La seguridad ciudadana.
- El control de sucesos.
- El abastecimiento a los demás Grupos de Acción.
- El aviso a la población.
- La evacuación y albergue.
- Las comunicaciones.
- La extinción de incendios y acciones de salvamento.
- Organizar y constituir los equipos logísticos que de
forma voluntaria o por disposiciones legales presten su
colaboración.
- Coordinar y apoyar las actuaciones contenidas en los
Planes Municipales de Actuación en Emergencia Nuclear
correspondientes.
- Su organización se estructura según el organigrama
adjunto (figura 4).
Para el cumplimiento de las funciones asignadas al Grupo Logístico,este tendrá la estructura que se describe a continuación.
II.2.3.1 Jefe del Grupo.
El Jefe del Grupo Logístico será el Teniente Coronel Primer Jefe dela Comandancia de la Guardia Civil de la provincia.
El Comandante Segundo Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de laProvincia será el Segundo Jefe del Grupo. Además, se encargara de dirigir el Servicio deSeguridad Ciudadana, por lo que se tendrá que tener prevista la designación de unsustituto.
En las Comunidades Autónomas que disponen de Policía Autonómica, ladesignación del Jefe del Servicio de Seguridad Ciudadana y de su sustituto, se efectuara,oída la Junta de Seguridad, en el marco de la cual se establecerá previamente lacoordinación de las actuaciones.
Desde el CECOP enlazara con la Comandancia de la Guardia Civil (dondese encontrara el Segundo Jefe del Grupo), el Coordinador de Transporte y Abastecimiento ydemás Jefes de los Servicios de actuación logística que integran el Grupo.
Las funciones del Jefe del Grupo son:
- Asesorar al Director del Plan
formando parte del Comité Asesor.
- Aplicar las directrices del Plan en su aspecto
logístico.
- Dirigir y coordinar las acciones y recursos de las
unidades que componen los Servicios de Actuación Logísticos.
- Controlar y supervisar la operatividad de los recursos
humanos y medios materiales organizados y dispuestos en el Plan.
- Informar al Director del Plan sobre la situación en las
vías de evacuación en los puntos de control de acceso y en las
ECD.
- Recabar información de las incidencias que localmente se
produzcan.
- Dirigir y coordinar las operaciones de evacuación.
- Conocer la naturaleza y extensión de la contribución que
cada Servicio puede facilitar ante cualquier situación de
emergencia que se produzca para alcanzar una colaboración eficaz.
- Prever los apoyos externos que pueda necesitar, que
serán gestionados a requerimiento del Director del Plan por la
Dirección General de Protección Civil.
- Colaborar en el mantenimiento de la efectividad del
Plan.
II.2.3.2 Coordinador Municipal.
El Coordinador Municipal será designado por el Director del Plan entrelos funcionarios de los Servicios de Protección Civil. Funcionalmente dependerá del Jefedel Grupo Logístico y coordinara las actuaciones de la organización municipal.
Esta coordinación se extenderá al funcionamiento de las ABRS y ECD.
Su cometido se desarrollara de acuerdo con los Planes Municipales deActuación en Emergencia Nuclear.
Las funciones del Coordinador Municipal son las siguientes:
- Notificar a los municipios
afectados la fase y situación declarada por el Director del Plan.
- Asesorar, coordinar y apoyar a las autoridades
municipales.
- Notificar, a los alcaldes de los municipios
correspondientes, la activación de las ECD y ABRS.
- Colaborar y ayudar a resolver los problemas que surjan
en los municipios afectados.
- Informar al Jefe del Grupo Logístico de las vicisitudes
que se produzcan en los términos municipales.
- Recibir puntual información de la Red de Alerta a la
Radiactividad y transmitirla al Jefe del Grupo Radiológico.
- Trasladar a los municipios afectados la información
necesaria para preparar y ejecutar las medidas de protección que
se ordenen.
- Coordinar las ayudas mutuas intermunicipales,
principalmente en lo que se refiere a avisos a la población
diseminada.
II.2.3.3 Coordinador de Transporte y Abastecimiento.
Por la interrelacion de los Servicios de Transporte y Abastecimiento esnecesaria la designación de un Coordinador de la actuación de los mismos. EsteCoordinador será el Jefe Provincial de Trafico, que designara a su adjunto y laubicación del puesto de mando.
Las funciones del Coordinador de Transporte y Abastecimiento serán:
- Coordinar a los responsables de
los Servicios de Transporte y Abastecimiento.
- Asesorar en materia de circulación y transporte por
carretera y ferrocarril.
- Facilitar los suministros y garantizar el transporte de
los medios necesarios para efectuar las operaciones de
confinamiento, evacuación, albergue y retorno de la población
evacuada.
- Mantenerse permanentemente en comunicación con el Jefe
del Grupo Logístico para recibir información y ordenes
pertinentes y, a su vez, atender las peticiones para que los
servicios coordinados desarrollen eficazmente su cometido.
- Informar de los medios que se ofrecen como apoyo
logístico.
- Impulsar la búsqueda de medios para cubrir con urgencia
las necesidades que surjan.
- Dar a conocer el material necesario y donde se
encuentra, en caso de ser precisa su requisa.
- En caso necesario, proponer al Jefe del Grupo Logístico
la requisa de vehículos o suministros.
- Prever el suministro de alimentos al personal que
interviene en la operación.
- Controlar la recepción y distribución de ayudas.
- Constituir los puntos de concentración de vehículos, con
la colaboración de los Alcaldes de los municipios en que se
ubiquen, de la Agrupación de Trafico de la Guardia Civil y del
Servicio de Seguridad Ciudadana.
Servicio de Transporte: Este Servicio será dirigido por un Jefedesignado por el Director del Plan entre las autoridades en materia de transporte de laComunidad Autónoma en la provincia, a propuesta del órgano competente de la misma.
El puesto de mando coincidirá con el designado por el Coordinador deTransporte y Abastecimiento.
Las funciones del Servicio de Transporte serán las siguientes:
- Facilitar la disponibilidad de
medios para asegurar la realización del transporte de suministros
y personas, especialmente en las operaciones de:
- Evacuación.
- Abastecimiento.
- Agrupación de traslado y distribución de mano de obra.
- Concentración de vehículos y clasificación de los
mismos.
- Establecer y coordinar el sistema de transporte aéreo,
ferroviario y por carretera para asegurar el abastecimiento de
las áreas afectadas o evacuación de las mismas.
- Fijar los centros de apoyo al sistema de transporte para
asegurar su eficacia, reparación y mantenimiento.
- Asegurar el suministro de combustible al área afectada.
- Establecer la organización necesaria para el transporte
de personas y medios técnicos, procedentes de cualquier
provincia, para su intervención en la emergencia.
- Asegurar apoyos a efectos de predicción, del Centro zona
I del Instituto Nacional de Meteorología.
Para llevar a cabo sus funciones, el Servicio de Transporte estaráformado por equipos operativos que podrán variar su numero e integración de acuerdo alas características de las provincias a las que se refiere el Plan, tales como: Equipo deEvacuación, Equipo de Mano de Obra, Equipo de Transporte para Abastecimiento, Equipo deTransporte, Carretera y Ferrocarril y Equipo de Circulación.
Servicio de Abastecimiento: Este servicio será dirigido por unJefe designado por el Director del Plan entre las autoridades en materia deabastecimientos dependiente de la Administración Central o de la Comunidad Autónoma, eneste caso, propuesta del órgano competente de la misma, en concordancia con el nivel detransferencias alcanzado en esta materia. Con el mismo criterio, se designara a suadjunto.
El puesto de mando coincidirá con el designado para el Coordinador deTransporte y Abastecimiento.
Las funciones del Servicio de Abastecimiento serán las siguientes:
- Proporcionar los medios precisos
en las ECD, especialmente en lo que se refiere a ropas para las
personas que pasen por las mismas.
- Proporcionar a los municipios de la zona afectada, a las
ECD, a las ABRS y a los otros grupos de acción material y equipos
que precisen.
Para llevar a cabo sus funciones, el Servicio de Abastecimiento estaráconstituido por equipos operativos que podrán variar su numero e integración de acuerdoa las características de las provincias a que se refiere el Plan, tales como: Equipo deAdquisición, Equipo de Recepción de Suministros y Equipo de Organización del Centro deAlmacenamiento y Distribución de Ayuda Exterior.
II.2.3.4 Servicio de Seguridad Ciudadana.
El Servicio de Seguridad Ciudadana actuara bajo las ordenes delComandante Segundo Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil. Su puesto de mando sesituara en la Comandancia de la Guardia Civil de la provincia, desde donde enlazara con elCECOP y con las unidades bajo su mando. En las Comunidades Autónomas que dispongan dePolicía Autónoma, la designación del Jefe del Servicio de Seguridad Ciudadana y de susustituto se efectuara oída la Junta de Seguridad, en el marco de la cual se establecerála previa coordinación de las actuaciones.
Este servicio estará constituido por las unidades de la Guardia Civily Policía Nacional y Autonómica, en su caso, de la provincia, actuando bajo ladirección de sus respectivos mandos naturales, siendo la zona de actuación de los mismosla que el Director del Plan determine.
A estas unidades se añadirán refuerzos procedentes de otrasprovincias a solicitud del Director del Plan, si este lo estimara oportuno.
Los demás agentes de la autoridad de la provincia quedaran a ladisposición del Director del Plan, por si este requiriera su intervención.
Las funciones del Servicio de Seguridad Ciudadana serán lassiguientes:
- Velar por el orden publico y la
seguridad ciudadana en la zona afectada, procurando evitar el
pánico y crear un estado de confianza en la población de la zona.
Asimismo, en especial en las zonas abandonadas o evacuadas,
evitar robos, saqueos, desorden y otras acciones ilícitas o
perturbadoras de la tranquilidad de los evacuados.
- Garantizar que los diferentes grupos y servicios que
establece el presente Plan, así como los Planes Municipales,
pueden realizar su misión sin interferencias extrañas.
- Colaborar en la ejecución de los avisos a la población
en los municipios afectados desde el primer momento de la
emergencia.
- Realizar los controles de accesos y vigilancia vial que
se ordene en el interior de las zonas afectadas, controlando o
restringiendo la circulación o el paso de personas según las
fases y situaciones, y otorgando las necesarias prioridades en
las vías de evacuación.
- Colaborar con el Grupo Radiológico en la medición y toma
de muestras, así como informar de las medidas de los equipos de
la red de alerta a la radiactividad instalados en los puestos de
la Guardia Civil o de la zona afectada.
- Informar al Jefe del Grupo Logístico de cualquier
noticia que interese conocer o pueda servir para modificar las
ordenes generales derivadas de la emergencia, y en particular
aquellas relacionadas con la intensidad viaria, posibilidad de
aglomeración y retenciones, así como cualquier deficiencia que se
observe en la carretera que pueda entorpecer la circulación de
los vehículos relacionados con las actuaciones de emergencia.
- Informar al CECOP de todas las acciones realizadas y
vicisitudes que surjan y afecten al Plan.
II.2.3.5 Servicio Contra Incendios y Salvamento.
El Servicio contra Incendios y Salvamento estará bajo las ordenes deun Jefe que se designara por el Director del Plan a propuesta del órgano competente de laAdministración Local o Autonómica, en su caso, entre los responsables de los Serviciosde Extinción de Incendios existentes en la provincia. Asimismo, se designara un adjuntoal Jefe del Servicio, quien deberá colaborar con el primero y sustituirlo en caso deausencia.
Su puesto de mando se constituirá en el habitual del Jefe delServicio, siempre que disponga de los medios de comunicación adecuados.
En principio, este servicio se constituye con los servicios deextinción de incendios existentes en la provincia. De ellos, el Director del Plandeterminara oportunamente cuales deberán entrar en acción.
Las funciones de este servicio son las de estar en estado de alerta y,si procede, trasladarse a la zona afectada por una emergencia nuclear, con la finalidad deintervenir rápida y eficazmente en situaciones de emergencia coincidentes con la queprevé este Plan.
II.2.3.6 Servicio de Transmisiones.
En el Plan de Transmisiones se establecen los sistemas decomunicaciones necesarios para el desarrollo de las actuaciones previstas para losdistintos servicios.
Sin embargo, con la finalidad de asegurar la cobertura total de lascomunicaciones, se establece este Servicio de Transmisiones que tendrá como funciónproveer los medios para atender nuevos requerimientos de comunicación, así como apoyarel mantenimiento y la reparación de los medios previstos.
Este servicio estará integrado por el Jefe Provincial de las distintassituaciones de emergencia, a partir de lo cual se mantendrá localizable, por si fueranecesaria su incorporación al CECOP o la intervención de sus equipos.
II.3 ORGANIZACIONES MUNICIPALES
Las Organizaciones Municipales colaboran y complementan las actuacionesde los grupos de acción en lo que se refiere principalmente a la difusión y aplicaciónde las medidas de protección y facilitan la información necesaria a la población y a laDirección del Plan.
Para el cumplimiento de sus misiones las Organizaciones Municipalesestarán coordinadas y apoyadas por el Grupo Logístico, a través del CoordinadorMunicipal de Emergencia Nuclear.
Esta organización se desarrolla en los Planes Municipales deActuación de Emergencia Nuclear.
El Alcalde es el responsable de la aplicación del Plan de sumunicipio. El centro de Coordinación Municipal (CECOPAL) es el puesto de mando municipal.En el se concentra la información pertinente para la ejecución de las medidas deprotección que correspondan al municipio.
El CECOPAL se constituirá en la sede del Ayuntamiento, contando conlos medios necesarios para asegurar el cumplimiento de las misiones encomendadas a losServicios Municipales de Protección Civil en los respectivos Planes Municipales.
II.3.1 Municipios de la zona I.
Son los que podrían verse directamente afectados por la situación deemergencia. Sus poblaciones son las que deberá adoptar las medidas de protección que sedetermine (anexo IV, Medidas de Protección).
En consecuencia, los servicios municipales pertenecientes a la zona Ideberán:
- Mantener permanentemente
informada a la población y a la Dirección del Plan.
- Comprobar el cumplimiento adecuado de las medidas de
protección que se dicten tanto en lo referente a las personas
como en los animales.
- Colaborar en el control del trafico en el casco urbano.
- Colaborar en la distribución de los abastecimientos,
conocer las necesidades y comunicarlas a los servicios
correspondientes para su provisión.
II.3.2 Municipios de la zona II.
Son los que se encuentran comprendidos dentro de la zona de Exposiciónpor Ingestión (anexo II, Zonas de Planificación), dado que, en caso de accidentenuclear, en ella puede existir un riesgo radiológico asociado al consumo de productosalimenticios y de agua potable contaminados por los efluentes emitidos.
El grupo logístico tiene que tener prevista la posibilidad de rápidatransmisión a los municipios incluidos en esta zona de comunicaciones referentes a lasmedidas de protección destinadas a prevenir los riesgos indicados, así como laseñalización y vigilancia de las áreas que resulten afectadas que quedaran bajo controldel grupo radiológico.
Dentro de esta zona quedan bajo el control del grupo logístico lasrutas de evacuación continuándose este control hasta las ECD y las ABRS.
II.3.3 Municipios Sede de Estaciones de Clasificación yDescontaminación (ECD) y con funciones de Áreas Base de Recepción Social (ABRS).
Estos serán designados teniendo en cuenta los siguientes criterios:
- Distancia suficiente, pero no
excesiva, con respecto a la central nuclear involucrada, pero
siempre fuera de la zona I.
- Disponibilidad de accesos adecuados.
- Para las ECD, instalaciones deportivas, dotadas de
equipamientos actos para el cumplimiento de sus funciones.
- Para las ABRS, disponibilidad de locales apropiados para
alojar a los evacuados que se les destine y para recibir,
almacenar y distribuir los alimentos necesarios.
II.3.3.1 Municipios sede de Estaciones de Clasificación y Descontaminación.
La función de estos municipios es la de servir de sede a una ECD ysuministrar el apoyo que esta pueda necesitar para su funcionamiento, dentro de susposibilidades, evitando además toda situación que pueda constituir un obstáculo alcorrecto desarrollo de sus funciones.
Los municipios que han sido designados como sede de las Estaciones deClasificación y Descontaminación deberán:
- Mantener permanentemente
informada a su población para evitar situaciones de confusión o
pánico.
- Colaborar en el control de trafico en el casco urbano.
- Colaborar con el Grupo Logístico en la provisión de
cuantos suministros pueda necesitar la Estación de Clasificación
y descontaminación para su correcto funcionamiento.
II.3.3.2 Municipios con Funciones de Áreas Base de Recepción Social.
Estos municipios tienen como misión esencial proporcionar albergue alos evacuados, habilitando para ese fin los locales apropiados (hoteles, colegios oedificios públicos que puedan adaptarse transitoriamente a esa función).
Asimismo, los Servicios Municipales de las Areas Base de RecepciónSocial deberán:
- Colaborar con el Grupo Logístico
para resolver las necesidades previstas para el cumplimiento de
su misión, así como las no previstas que pudieran presentarse.
- Registrar todos los movimientos de altas y bajas que se
produzcan entre los evacuados e informar de ellos a quien lo
solicite, sean autoridades competentes o familiares.
- Colaborar en el control de trafico en el casco urbano.
- Mantener informada a la población del propio termino
municipal para prevenir las situaciones de pánico o confusión que
puedan presentarse.
III. OPERATIVIDAD
Los principios enunciados en el apartado I.3, debidamente desarrolladosproporcionan los mecanismos operativos que han de seguirse para cumplimentar las funcionesencomendadas a la organización del Plan.
III.1 NOTIFICACIÓN DE SUCESOS.
El conocimiento de un suceso que conduzca o pueda conducir a unaemergencia, es el mecanismo que permite poner en acción la organización del Plan.
Para el mejor aprovechamiento de la información es necesario buscar enlos primeros momentos un equilibrio entre la prontitud con que debe realizarse lanotificación y el detalle de la misma.
III.1.1 Notificación.
Los sucesos que han de ser notificados a las autoridades estánexpresamente indicados en los Planes de Emergencia Interior de las centrales nucleares(anexo I, interfase). Estos sucesos tienen lugar cuando la explotación de la central sesale de especificaciones técnicas pudiendo producirse emisiones anormales de efluentesradiactivos que sobrepasen las especificaciones de vertido, o cuando por causa ajena a lamisma se derive una situación que pueda hacer degradar su nivel de seguridad física onuclear.
Inmediatamente después de la identificación del suceso iniciador, elDirector de Emergencia efectuara su notificación al CECOP y al SALEM.
III.1.2 Verificación.
El CECOP y el SALEM comprobaran la autenticidad de la notificación.
III.1.3 Contenido.
En primer lugar, se debe notificar la identificación de lainstalación y la persona y cargo que hace la comunicación. Los datos han de ser concisosy contener la información suficiente para que la Dirección del Plan pueda conocer conclaridad la situación y, en base a ella, actuar convenientemente (anexo I, Formato deNotificaciones).
Un accidente se inicia normalmente por un suceso denominado iniciador,que dado el diseño de una central nuclear permite conocer e identificar su causa conprontitud. El conocimiento de este suceso es un elemento de juicio para hacer una primeravaloración de lo que puede suceder. Conviene indicar que quizá en los primeros momentosel conocimiento de todos los datos no sea posible, pero según la practica seguida enseguridad radiológica, esta carencia se sustituye por hipótesis conservadoras queaseguran una sobrestimación de los efectos.
En la evolución del suceso se puede prever la emisión o no demateriales radiactivos al exterior y se hace necesario conocer las condiciones ambientalesa fin de estimar los efectos radiológicos sobre la población y limitar el área deactuación. En base a estos efectos se podrán iniciar las medidas adecuadas.
A medida que evoluciona el suceso, se podrán ir conociendo mas datosque hagan posible un conocimiento realista de la situación y así decidir sobre laprotección de la población de una manera mas rigurosa.
III.2 EVALUACIÓN DE SUCESOS
Las decisiones a tomar por el Director del Plan han de estar basadas,en cuanto a su aspecto radiológico se refiere, en las evaluaciones realizadas con losdatos disponibles.
Las evaluaciones tienen que tener como finalidad la estimación de losefectos radiológicos que pueden producirse a causa del suceso. Este concepto de calculo"priorístico" ermite a la Dirección del Plan tomar las medidascorrespondientes a fin de garantizar a la población un nivel de protección radiológicaen consonancia con los criterios establecidos por el Consejo de Seguridad Nuclear.
Se distinguen tres fases durante una emergencia. La primera, denominadainicial, comienza cuando acontece el suceso causante de la emergencia, y termina con laconstitución del Grupo Radiológico. La segunda, denominada intermedia, comienza con laterminación de la primera y finaliza al darse por terminada la causa que provoco lasituación de emergencia, o cuando la instalación esta bajo control. La emergencia, comotal, termina con la fase intermedia, no obstante, y dependiendo de las consecuenciasderivadas del accidente nuclear, será necesario hacer un seguimiento de las actuacionesque tengan como finalidad la vuelta a la normalidad de aquellas actividades que hayan sidoperturbadas. Puede denominarse fase final.
III.2.1 Fase inicial.
La responsabilidad de la evaluación recae en el Director de Emergenciade la instalación en los primeros momentos. Dentro de los procedimientos establecidos ensu Plan de Emergencia se deben encontrar aquellos que determinan, a la vista de sucesoanormal producido, la posible incidencia radiológica sobre la población. Ladeterminación de esta incidencia forzosamente ha de tener un margen de seguridad y, portanto, ser extremadamente conservadora para cubrir las incertidumbres de los primerosmomentos.
III.2.2 Fase intermedia
A medida que el Grupo Radiológico va asumiendo las funciones asignadasen el Plan y recibe la información del Director del Plan y de los equipos fijos omóviles, estimara los efectos radiológicos y propondrá las medidas a tomar al Directordel mismo. En la valoración de dichos efectos se tendrán en cuenta las hipótesisintroducidas, los niveles de intervención y las medidas de protección, si hay certezarazonable de que se han adoptado.
Si bien dentro del concepto de población se encuentran aquellosindividuos que participan de forma activa en la emergencia, conviene separar lasestimaciones de dosis realizadas para estos, cuyas actuaciones son objeto de un controlradiológico especial.
III.2.3 Fase final.
Una vez desaparecida o controlada la causa que produjo la emergencia,el Consejo de Seguridad Nuclear, en ejercicio de sus funciones, es el que debe llevar acabo la evaluación global de los efectos radiológicos, basada en todos los datosdisponibles y asesorar sobre la vuelta a la normalidad.
III.3 FASES Y SITUACIONES DE EMERGENCIA Y MEDIDAS DE PROTECCIÓNASOCIADAS.
A los efectos de la planificación de una emergencia nuclear, seestablecen distintas fases y situaciones, según las dosis de radiación que pueden serabsorbidas por la población. Estas dosis determinan la aplicación de medidas deprotección, lo cual es el fin ultimo de este Plan. En los primeros momentos, y paraasegurar una rápida respuesta, puede considerarse la categoría del suceso paraestablecer las fases y situaciones (anexo I, interfase).
Las situaciones se declaran por el Director del Plan a propuesta delSALEM, directamente en los primeros momentos y a través del Grupo Radiológico cuandoeste constituido.
Las situaciones correspondientes a la Fase de Emergencia deben serdefinidas para un área determinada.
La declaración de cualquiera de las situaciones lleva consigo laaplicación formal del Plan.
III.3.1 Fase de preemergencia.
Viene caracterizada por sucesos que no producen vertidos anormales alexterior, o si se producen, los efectos esperados sobre la población no alcanzan losniveles inferiores de intervención. Contempla dos situaciones:
SITUACIÓN 0: cuando el suceso ocurrido es tal que no se esperarazonablemente vertidos al exterior. No se hace necesaria la adopción de medidas deprotección a la población.
SITUACIÓN 1: el suceso ocurrido es tal que los efluentes radiactivos,aun en circunstancias adversas no dan lugar a dosis superiores al nivel inferior deintervención. No es justificable la adopción de medidas de protección a la población,sin embargo, es recomendable un control de accesos para evitar cualquier otro tipo deriesgos.
III.3.2 Fase de emergencia.
Viene caracterizada por sucesos que pueden conducir a liberaciones deradiactividad que entrañen riesgos radiológicos inaceptables a la población porexcederse los niveles superiores de intervención si no se adoptan las medidas deprotección conveniente.
La fase de emergencia contempla las situaciones 2, 3 y 4, según laestimación de las dosis a la población afectada.
Asimismo, si la evolución del accidente lo hace aconsejable, elDirector del Plan, previo el análisis y propuesta del Ggrupo Rradiológico, podrádeclarar la situación que considere oportuna, aunque la estimación de dosis no secorresponda con los niveles de intervención previstos en el presente Plan.
La declaración de una determinada situación puede hacersedirectamente, sin paso previo por situaciones anteriores o posteriores. Las acciones quedeben desencadenarse, en este caso, deberán tener en consideración prioritariamente laprotección a la población, y, paralelamente, acumular las acciones previstas para lassituaciones anteriores.
SITUACIÓN 2: la liberación, supuesta o real es tal que, encircunstancias ambientales adversas, las dosis a la población igualan o superan el nivelinferior de intervención, pero no sobrepasan la cuarta parte del nivel superior deintervención. Las medidas de protección a considerar son, además del control deaccesos, el confinamiento de las personas en edificios, la profilaxis radiológica y laprotección personal.
SITUACIÓN 3: la liberación, supuesta o real es tal que, encircunstancias ambientales adversas, las dosis a la población igualan o superan la cuartaparte del nivel superior de intervención, pero no lo sobrepasan. Las medidas deprotección a considerar, además de las ya indicadas son la evacuación de gruposcríticos, el control de alimentos y agua y la estabulación de animales.
SITUACIÓN 4: la liberación, supuesta o real es tal que, encircunstancias ambientales adversas, las dosis a la población igualan o superan el nivelsuperior de intervención; la medida de protección a considerar, además de las yaindicadas, es la evacuación general de la población.
III.4 ACTUACIÓN COORDINADA
Es el principio que mas influencia tiene en la operatividad del Plan,pues en el se desarrollan las actuaciones de los distintos estamentos de la organización,con el fin de adoptar medidas conducentes a una eficaz protección de la población. Sibien, la presentación es secuencial, se pretende que, dada una cierta situación, todaslas acciones de las situaciones anteriores puedan irse acumulando progresivamente, a finde llegar a la adopción de las medidas que aquella determina en un intervalo temporalsuficiente para que la movilización, aproximación y empleo de los medios sea congruentecon la urgencia en la aplicación de tales medidas.
Tras la recepción en el CECOP y en el SALEM de la notificacióncursada por la central nuclear y tras el análisis de la información recibida, elDirector del Plan considera su activación. El grado de dicha activación estará enconsonancia con la situación asignada al área, dentro de la Zona I, que real opotencialmente quede mas afectada.
III.4.1 Fase de preemergencia.
Caracterizada, como ha quedado reflejado anteriormente, por la ausenciade medidas de protección a la población (a excepción del control de accesos). El gradode activación del Plan en las dos situaciones que la componen viene definido por lassiguientes acciones:
SITUACIÓN 0: Es un periodo de consultas entre el Director delPlan, el SALEM y el Director de Emergencia orientadas al análisis de la situación y alestudio y seguimiento del suceso notificado.
SITUACIÓN 1: las acciones que, ante la declaración de talsituación por el Director del Plan han de tomarse, son:
Acciones a nivel de la Dirección del Plan.
. Convocar al Jefe del CECOP quien
procederá a constituir el mismo,incorporando al personal necesario
para garantizar la máxima eficacia de respuesta a lasituación de
emergencia suscitada, incluyendo al responsable del Servicio
deTransmisiones de Protección Civil y a los operadores necesarios
para completar dichoservicio, activará la red Radio de Emergencia,
ordenando, si procede, los desplieguesprevistos en el Plan de
Transmisiones.
. Convocar a los Jefes de los Grupos de Acción y al resto del
personaldel Comité Asesor que se estime conveniente y al Gabinete
de Información.
. Notificar:
A los Alcaldes de los Municipios
de la zona I.
Al Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma, que
transmitirá la notificación al Departamento de Gobernación de la
Comunidad Autónoma.
Al Gobernador Militar de la Provincia.
A la Dirección General de Protección Civil que transmitirá
la notificación a:
Ministerio del Interior.
Director General de Infraestructura y Seguimiento para
Situaciones de Crisis.
Director General de la Energía.
Cuarteles Generales de los Ejércitos de Tierra y Aire y
de la Armada.
Gobiernos Civiles de las provincias limítrofes.
Director General de la Guardia Civil.
Director General de la Policía.
Jefe de la Unidad Sanitaria de Acción y Consumo del
Ministerio de Sanidad y Consumo. (2)
(2) Estas notificaciones se complementarán en las
disposiciones queresulten de la aplicación de la
convención,firmada por el Gobierno español en el senode OIEA
sobre la "Pronta Notoficación de Accidentes Nucleares".
. Decidir las medidas a tomar de
acuerdo con el SALEM y el Comité Asesor.
. Determinar el área del control de accesos.
. Autorizar los movimientos del personal de la central fuera
de la zona bajo control del explotador, para su control por el
Grupo Logístico.
Determinar la información a los municipios que puedan verse afectados por los movimientos del personal de la central fuera de la zona bajo control del explotador o puedan escucharse sus señales acústicas y dar instrucciones a los Ayuntamientos para su difusión.
Determinar la información a difundir por los medios de comunicación social.
Acciones a nivel de los grupos de acción.
Los Jefes de los grupos acudirán al CECOP y alertaran a los serviciosy equipos que constituyen los respectivos grupos.
Grupo Radiológico: Determina el área que puede verse afectada.
Grupo Logístico: Aplica las medidas de protección, de acuerdo con loque disponga la Dirección del Plan.
Acciones a nivel municipal.
Notificados de la Preemergencia desde el CECOP los Municipios de laZona I, sus Alcaldes se dirigirán a los Centros de Coordinación Operativa Municipal(CECOPAL) y avisaran a los miembros que componen dichos órganos para que ocupen suspuestos. Una vez constituido el CECOPAL se dará cuenta de ello al Director del Plan.
A partir de esta situación, el CECOPAL cuidara que no se produzca conalarmas innecesarias por informaciones no procedentes del CECOP y mantendrá debidamenteinformada a la población, utilizando los medios disponibles.
III.4.2 Fase de Emergencia.
Caracterizada por la aplicación de medidas de protección a lapoblación. El grado de activación del Plan viene definido por aquella situación que elDirector del Plan decida una vez consultado el SALEM y el Comité Asesor teniendo encuenta las áreas afectadas. Las acciones de cada Situación indicadas a continuaciónconsideran automáticamente las de Situaciones de menor gravedad en lo que sea aplicable.
Independientemente de la Situación que se declare en cualquiera de lasSubzonas del Sector de Acción Preferente, el resto de la Zona I se mantendrá al menos enSituación I mientras dure la emergencia. Toda declaración de Situación y susvariaciones será notificada a las mismas autoridades mencionadas en el apartado III.4.1.2. Situación 1 - Acciones a nivel de la Dirección del Plan.
SITUACIÓN 2: Una vez declarada esta Situación por la Direccióndel Plan, las acciones a tomar, además de las especificadas para Situaciones anterioresson:
Acciones a nivel de la Dirección del Plan.
. Decretar, a propuesta del Jefe del Grupo Logístico, la requisa demedios de transporte o abastecimiento en caso de que sean necesarios.
. Solicitar los apoyos que estime necesarios a la Dirección General deProtección Civil a propuesta de los Jefes de los Grupos de Acción.
. Seleccionar, a propuesta del Jefe del Grupo Radiológico y tras elinforme del Comité Asesor, las ECD y ABRS.
Determinar, a propuesta del Jefe del Grupo Radiológico, el paso aotras Situaciones, así como dar por terminada la emergencia.
Acciones a nivel del Grupo Radiológico.
. Activar la Red de Alerta a la Radiactividad.
. Activar y desplazar las unidades móviles.
Solicitar equipos de ayuda del nivel Central de respuesta.
. Determinar, en colaboración con los restantes Grupos, la selección de las ECD autilizar en caso necesario y las ABRS correspondientes.
. Asignar técnicos a las ECD y a los controles de accesos.
. Proponer al Director del Plan las medidas de protección a adoptar y el área deplanifica-ción de las mismas.
. Proponer al Director del Plan el paso a otras Situaciones así como darpor terminada la emergencia.
Acciones a nivel del Grupo Sanitario.
. Convocar a la Comisión Asesora a la sede del Grupo Sanitario.
. Localizar y alertar al personal sanitario de las áreas afectadas.
. Colaborar con los restantes Grupos en la selección de las ECD autilizar en caso necesario y de las ABRS correspondientes.
. Informar al Director del Plan sobre las medidas de protecciónpropuestas por el Grupo Radiológico (profilaxis).
. Ordenar, si así se determina, la aplicación de las medidasprofilácticas.
. Colaborar en la preparación de las operaciones de evacuación de losgrupos de población que se determinen.
. Asignar los medios humanos y técnicos en las distintas ECD.
. Alertar al Centro Medico de Irradiados, a los Centros Sanitarios deApoyo y a la asistencia sanitaria de las ABRS.
Acciones a nivel del Grupo Logístico.
. Ordenar la planificación y controlar la ejecución de las medidas deprotección que se determinen.
. Activar las redes de comunicación propias de los distintos equipos ylas generales de emergencia.
. Mantener la seguridad ciudadana y velar por el correcto cumplimiento delas medidas dictadas por el Director del Plan.
. Cubrir las necesidades de transporte de otros Grupos.
. Alertar a todos los equipos y medios previstos para apoyo de las ECD yla activación de las ABRS.
. Alertar a las unidades del Servicio Contra Incendios y Salvamento.
. Controlar la circulación ferroviaria, si la hubiere.
. Determinar los medios de transporte (vehículos y unidadesferroviarias) e indicar al Director del Plan la necesidad de ordenar la requisa de losmismos.
. Preparar la evacuación de grupos críticos, poniendo en marcha yapoyando los medios de transporte necesarios, previendo las operaciones de evacuación ysuministro y solicitando al Grupo Sanitario la ayuda precisa para la evacuación depersonas impedidas, así como realizar, si procede, suministros a las personas confinadas.Prever el apoyo aéreo necesario.
. Coordinar la transmisión de la información que se determine a lapoblación de la zona afectada y de las instrucciones dictadas por el Director del Plan.
. Colaborar en el control de accesos al casco urbano si así se lesordena.
. Determinar las instalaciones que puedan ser utilizadas como ABRS,identificando los medios complementarios precisos.
. Notificar a los Alcaldes de los Municipios donde puedan activarse lasECD y a los que se determine como ABRS.
. Activar la Red de Alerta a la Radiactividad y transmitir los datos algrupo Radiológico.
. Cubrir las necesidades de medios y suministros a las poblacionesafectadas.
Acciones a nivel Municipal.
Municipios de la Zona en que se declare la Situación 2:
. Convocar a todo el personal que interviene en la emergencia.
. Suministrar información a la población con arreglo a las directricesdel CECOP.
. Solicitar los medios de aviso complementarios previstos en el PlanMunicipal para realizar los avisos a la población u otros medios que sean necesarios enrazón de alguna incidencia.
. Ejecutar las instrucciones para el confinamiento y la protecciónpersonal que se determinen por el CECOP.
. Evacuar centros escolares y reintegrar a los alumnos a sus domicilios.
. Transmitir datos de los detectores de radiactividad al CECOP.
. Colaborar en el control de accesos al casco urbano si así se lesordena.
. Iniciar medidas profilácticas si así se dispone por el Director delPlan bajo el control de los Jefes Locales de Sanidad.
. Preparar posible evacuación de grupos críticos suministrando al CECOPdatos y comunicar el numero de personas que por estar enfermos o impedidos necesitantransportes sanitarios.
- Municipios sede de Estaciones de Clasificación y Descontaminación(ECD): En esta situación, el Alcalde del Municipio sede de la ECD que se hayaseleccionado se dirigirá al Ayuntamiento y convocara a su Comité Asesor para construirel Puesto de Mando.
- Municipios con funciones de Areas Base de Recepción Social (ABRS):los Alcaldes de los Municipios que cumplan funciones de ABRS que se hayan determinado sedirigirán al Ayuntamiento y convocaran a su Comité Asesor para constituir el Puesto deMando.
Cuando se estime que algún Municipio que cumple funciones de ABRSpuede ser utilizado, se le comunicara para que el Alcalde inicie sus accionespreparatorias. Esta orden llegara a través del Coordinador Municipal.
Asimismo formularán las peticiones previstas en el Plan referente asuministros necesarios para cumplir con sus misiones.
SITUACIÓN 3: Una vez declarada esta Situación por la Direccióndel Plan procede la realización de las acciones que se describen a continuación.
Acciones a nivel de Dirección del Plan.
Las asignaciones en las Situaciones anteriores, adecuadas al desarrollo de la emergencia.
Acciones a nivel del Grupo Radiológico.
. Servicio permanente de evaluación de dosis y medidas de actividades ambientales.
. Efectuar el control radiológico del personal que interviene en la emergencia.
. Ordenar la incorporación de técnicos a las ECD seleccionadas.
Acciones a nivel del Grupo Sanitario.
. Ordenar la incorporación inmediata de los equipos y ambulancias de cada ECD a sus puestos respectivos.
. Colaborar en la evacuación sanitaria de las personas impedidas enviando el numero de ambulancias necesarias, tomando contacto con el Jefe del Grupo Logístico para el control de la circulación.
. Solicitar al Jefe del Grupo Logístico los medios aéreos medicalizados que fueran precisos para la evacuación sanitaria.
. Dirigir la intervención de los equipos sanitarios en la aplicación de las medidas profilácticas.
. Activar el Centro Medico de Irradiados, los Equipos de Asistencia a las ABRS y los Centros Sanitarios de Apoyo.
. Controlar la aplicación de medidas de protección de animales de acuerdo con el Grupo Radiológico.
Acciones a nivel del Grupo Logístico.
. Solicitar a las Fuerzas Armadas apoyos aéreos previstos para la evacuación de grupos críticos.
. Asignar o poner en marcha los medios de transporte necesarios para apoyar los Planes Municipales si se decretase una evacuación de grupos críticos, coordinando las operaciones de evacuación y organizando la circulación en convoyes, estableciendo los controles necesarios para conocer en todo momento la situación de los mismos.
. Colaborar en el control de agua y alimentos, iniciando los suministros de estos productos a las poblaciones afectadas cuando lo disponga el Director del Plan. Igualmente cuidara del suministro de alimentos y agua al personal que interviene en la emergencia.
. Desplazar a las cercanías de la zona afectada, las unidades del Servicio Contra Incendios y Salvamento, que se consideren necesarias para una posible primera intervención, iniciándose su actuación cuando sea preciso.
. Ordenar la activación de las ECD y ABRS.
. Coordinar el albergue de los evacuados en las ABRS y el abastecimiento de los suministros que le soliciten.
. Preparar la evacuación de la población en general procediendo a la concentración de vehículos, unidades ferroviarias y apoyo aéreo previsto para realizar esta operación.
Acciones a nivel Municipal.
- Municipio de la Zona en que se declare la Situación 3:
. Realizar evacuación de grupos críticos, si así se ordena desde el CECOP.
. Cumplir las normas sobre alimentos y agua.
. Aplicar medidas de protección a los animales.
. Conocer necesidades de la población confinada y proveerlas en la medida de sus recursos, solicitando al CECOP aquellos suministros que no pueda obtenerlos por sus propios medios.
- Municipios sede de Estaciones de Clasificación y Descontaminación(ECD):
. Convocar a todo el personal que interviene en la emergencia.
. Activar las ECD de acuerdo a las instrucciones que reciba.
. Suministrar información a la población.
. Organizar el Servicio de Apoyo Logístico a la ECD.
. Mantenerse a la orden del director del Plan para colaborar en cualquier otra misión que sea necesaria.
- Municipios con funciones de Areas Base de Recepción Social (ABRS):
. Convocar a todo el personal municipal que deba intervenir en la emergencia.
. Preparar los alojamientos necesarios para albergar a los evacuados que se les destinen.
. Suministrar información a la población.
. Alojar a los evacuados integrantes de grupos críticos que lleguen al Municipio, de acuerdo con las instrucciones recibidas y las previsiones y normas de actuación contenidas en los respectivos Planes Municipales.
. Constituir en el Ayuntamiento el Servicio de Información y Relaciones Publicas para ofrecer la información que se requiera sobre la situación y destino de los evacuados.
SITUACIÓN 4: Una vez declarada esta situación por la Direccióndel Plan procede la realización de las acciones que se describen a continuación:
Acciones a nivel de Dirección del Plan:
Las asignadas en las situaciones anteriores, adecuadas al desarrollo dela emergencia.
Acciones a nivel del Grupo Radiológico:
Las asignadas en la situación 3, adecuadas al desarrollo de laemergencia.
Acciones a nivel del Grupo Sanitario:
. Comunicar a los Centros Sanitarios de Apoyo y Centros Médicos de Irradiados el personal evacuado que debe recibir por precisar asistencia sanitaria.
. Informar al Director del Plan una vez finalizada la evacuación, y mantener el estado de alerta de su Grupo.
Acciones a nivel del Grupo Logístico:
. Mantener la seguridad, con especial atención en la operación de evacuación y en las ECD y ABRS, así como las áreas en las que haya podido decretarse la evacuación, no permitiendo la permanencia en las mismas mas que del personal de emergencia.
. Asignar, poner en marcha y apoyar los medios de transporte necesarios para realizar la evacuación en el área decretada, dirigiendo las operaciones de evacuación y organizando la circulación en convoyes, estableciendo los controles necesarios para conocer en todo momento la situación de los mismos.
. Una vez finalizada la evacuación, tomar medidas para garantizar la protección de los bienes públicos y privados de la zona evacuada, estableciéndose, de acuerdo con el Grupo Radiológico, las medidas de protección que debe adoptar el personal que realiza esta misión.
Acciones a nivel Municipal:
- Municipios de la zona en que se declare la situación 4:
. Realizar evacuación general de las zonas que se determine por el CECOP.
Municipios sede de estaciones de Clasificación y Descontaminación(ECD):
. Mantener en actividad la ECD y servicios anexos.
Municipios con funciones de Areas Base de Recepción Social (ABRS):
Albergar a los evacuados que se les destinen, de acuerdo con las instrucciones recibidas y la previsiones y normas contenidas en los respectivos Planes Municipales.
III.4.3 Fin de la emergencia.
A la vista de la evolución del suceso, el Jefe del Grupo Radiológicopropondrá al Director del Plan la conveniencia de dar por terminada la emergencia en loque respecta a las medidas de protección, siempre que la situación de la central sea talque no se espere razonablemente la emisión de radiactividad al medio, de formaincontrolada, y se adopten las medidas que se establezcan para la vuelta a la normalidaden función de la situación real que resulte del accidente.
III.4.4 Actuación de las provincias limítrofes.
La colaboración que se solicitara a las provincias limítrofes, asícomo las medidas de protección que, en su caso, corresponda adoptar en ellas, y laorganización correspondiente, estarán determinadas por su situación geográfica conrespecto a la central nuclear y al área potencialmente afectada. Al respecto, cabediferenciar las siguientes posibilidades:
1. Que la provincia limítrofe tenga territorio comprendido dentro dela zona I.
2. Que la provincia limítrofe tenga territorios comprendidos dentro dela zona II.
3. Que la provincia limítrofe tenga dentro de su territorio Municipioscon funciones de ABRS o sedes de EDC.
4. Que no se cumplan ninguna de estas condiciones.
Según esta diferenciación, las funciones asignadas y la relaciónorganizativa correspondiente con la provincia afectada serán las que se definen acontinuación:
En el caso 1, el área comprendida dentro de la zona I quedara bajo lasordenes del Director del Plan, sin que se prevea ninguna delegación de funciones a surespecto, puesto que tal delegación introduciría una duplicidad de hecho en los mandosque podría entorpecer considerablemente la aplicación del Plan.
En el caso 2, los territorios comprendidos en la zona II se encontraranbajo el control del Director del Plan. No obstante, este podrá delegar todas o parte desus funciones en esta área en el Gobernador Civil de la provincia de que se trate, segúnlo aconsejen las circunstancias, para efectuar las notificaciones y avisos que el Directordel Plan determine y adoptar las medidas de protección que correspondan.
En el caso 3, los Municipios con funciones de ABRS y sedes de ECDquedaran bajo las ordenes del Director del Plan, puesto que ellos son parte integrante delPlan con funciones concretas y de vital importancia en el.
En el caso 4, la provincia limítrofe podría actuar como base o centrode apoyo logístico. Este apoyo será solicitado por la Dirección General de ProtecciónCivil, y el personal y medios que se movilicen lo harán bajo las ordenes del GobernadorCivil de la provincia a que pertenezcan.
III.5 CONOCIMIENTO DE LA CAPACIDAD Y MEDIOS DISPONIBLES (3).
(3) Esta apartado se completará con las disposiciones que resulten dela aplicación de la Convención firmada por el Gobierno español en el seno de la OIEA,sobre "Ayuda Mutua en caso de Accidente Nuclear o Emergencia Radiológica"
Cada uno de los Grupos de Acción ha de disponer de un conjunto demedios tanto humanos como materiales que movilizara de acuerdo a lo previsto en laoperatividad del Plan.
En el Plan Especial de Ambito Estatal, existirán unos inventariosdetallados de los medios materiales disponibles a cada nivel, para que puedan efectuarselas actuaciones previstas en el mismo.
Se distinguen tres tipos de medios:
- Medios disponibles permanentemente: Constituyen la dotaciónbásica del Plan y por su carácter especifico son los medios propios disponiblespermanentemente para una emergencia nuclear; son los indispensables para asegurar laeficacia de las actuaciones en una situación de emergencia y se debe contarnecesariamente con ellos, aunque habitualmente puedan estar destinados a otros usos nodirectamente relacionados con el Plan.
- Medios que se activan en caso de emergencia: Son los que formanparte de la dotación de medios para el cumplimiento de las misiones habituales dediversos Organismos públicos cuya intervención esta prevista en una emergencia nuclear.En caso de emergencia, unos Organismos públicos se convierten en unidades operativas quese activan para el cumplimiento de las misiones que se les adjudican en el Plan, en tantoque otros colaboran con algunos de sus medios para el cumplimiento de finalidadesespecificas en la emergencia.
- Medios que se utilizan en caso de emergencia: Son bienes privadoscuya utilización esta prevista en el Plan para reforzar las dotaciones de medios deOrganismos públicos intervinientes en situaciones de emergencia. Su disponibilidad sepuede obtener mediante los procedimientos de adquisición o requisa.
En el inventario de medios de los Planes Provinciales de EmergenciaNuclear se incluirán los datos necesarios para que en todo momento sea posible laidentificación, localización y utilización de dichos medios durante una emergencia.
Todos los componentes de los Grupos de Acción deben conocerpermanentemente los medios de que disponen, su capacidad, su tiempo de respuesta y estadode mantenimiento.
En el apartado III.7, Mantenimiento de la Efectividad del Plan, seincorporan las disposiciones que garantizan su operatividad y actuación medianterevisiones periódicas.
En el apartado siguiente se establecen las características generalesde los medios materiales que hacen posible la ejecución de las actuaciones previstas enel Plan, agrupados en cinco áreas: Dirección del Plan, Grupo Radiológico, GrupoSanitario, Grupo Logístico y Organización Municipal.
III.5.1 Dirección del Plan.
- Sala de coordinación operativa (SACOP): EL SACOP es el lugar dondese centraliza la totalidad de la información necesaria para la adopción de lasdecisiones, tanto de la Dirección del Plan como de mando de los Grupos de Acción.
Para el cumplimiento de sus misiones requiere medios que aseguren:
. Una total fluidez en la recepción y transmisión de información y de ordenes.
. Una permanente comunicación de todos los órganos operativos con sus unidades de acción.
. Una perfecta y permanente comunicación con el nivel central de apoyo y respuesta.
. Un mecanismo de registro y grabación de todas las comunicaciones que se reciben y emiten por el CECOP, a fin de hacer posible la reconstrucción posterior de las actuaciones.
. Un sistema de presentación de información que permita su visualización aislada o simultánea en cualquier momento.
. Una información totalmente precisa y clara acerca de los alcances geográficos, demográficos, etc., De la emergencia, y de la situación y movilización del personal que interviene en ella.
- Centro de transmisiones (CETRA): El Centro de Transmisiones delCECOP tiene por finalidad la centralización y coordinación de todas las comunicacionesentre los mandos y los distintos servicios participantes en la emergencia.
A través de el deben poderse conectar la totalidad de los Grupos deAcción, Organización Municipal, Central Nuclear, Dirección General de Protección Civily Consejo de Seguridad Nuclear.
Es absolutamente imprescindible que esa comunicación estepermanentemente asegurada con respecto a todos los participantes. Para ello el CETRArequiere medios que aseguren:
. Su autonomía energética.
. La posibilidad de conectar, en forma instantánea, a través de mas de un medio de transmisión (mínimo 2) alternativa o incluso simultáneamente con cada Organismo y unidad de actuación.
. Su capacidad de comunicación.
. Un sistema de integración de todas las comunicaciones desde y hacia el SACOP (radio y telefónicas) para una permanente y eficaz conexión del SACOP con Organismos y unidades de actuación.
- Gabinete de Información: El Gabinete de Información es elresponsable de preparar la información sobre la emergencia para su difusión, así comode las ordenes, consignas y recomendaciones orientativas, a través de los medios decomunicación social y de obtener, centralizar y facilitar toda la información relativa acontactos familiares, localización de personas y datos referidos a los posibles evacuadoso desplazados.
Para ello, el Gabinete de Información deberá contar con la infraestructura que asegure:
. El conocimiento de los medios de comunicación social, especialmente de estaciones de radiodifusión que puedan ser captadas en la zona de emergencia catalogadas, con detalle de su localización y numero telefónico.
. El registro, clasificación y archivo de la información disponible respecto a la población afectada por la emergencia.
III.5.2 Grupo radiológico.
Es el Grupo de Acción responsable de seguir y evaluar la emergenciadesde el punto de vista radiológico y de proponer a la Dirección del Plan las medidas deprotección a adoptar.
Para ello el Grupo Radiológico requiere para sus unidades de acciónmedios que permitan:
. Realizar una estimación de los efectos asociados dentro de márgenes razonables de seguridad.
. Determinar, una vez que ocurra un vertido radiactivo, los niveles de radiación existentes, al menos en la zona I, con variaciones aceptables dentro de la practica usual.
. Disponer, para el personal que de forma activa ha de participar en la emergencia, de dosímetros, así como de vestuario adecuado para actuar en campos de radiaciones.
.Disponer para su aplicación de unidades móviles.
III.5.3 Grupo sanitario.
Es el Grupo de Acción responsable de la asistencia sanitaria a lapoblación.
Para ello el Grupo Sanitario requiere los medios que aseguren:
. La adopción de medidas de profilaxis en dosis suficientes para la población local.
. La identificación y clasificación de las personas que necesiten asistencia sanitaria.
. El conocimiento de los recursos sanitarios que se deben activar y utilizar en una emergencia, su forma de localización y activación y tiempo de respuesta previsto.
. La instalación de las ECD con los elementos necesarios para la detección de contaminación, el control dosimétrico y vestuario del personal de la estación, la descontaminación, el almacenamiento de ropas y desechos y la asistencia sanitaria de urgencia.
. Las comunicaciones de la ECD.
. El cambio de vestimenta de las personas que pasen por la ECD.
Dada la finalidad de las ECD, su ubicación debe fijarsepreferentemente en centros deportivos que cuenten, a ser posible, con vestuarios, lavabos,duchas, servicios y zonas cubiertas para albergar a la población. Las ECD fijas debencompletarse con estaciones móviles.
III.5.4 Grupo logístico.
Es el Grupo de Acción responsable de la previsión y provisión detodos los medios logísticos que el Director del Plan y los demás Grupos necesiten paracumplir con sus respectivas misiones, así como de la realización de las operaciones demovilización de dichos medios para cumplir la finalidad global del Plan.
Para ello, el Grupo Logístico deberá contar con medios que permitan:
. El registro de los locales y equipamientos necesarios para el almacenamiento y suministros para la población afectada.
. La identificación de vehículos durante la emergencia.
. El registro de Empresas de transportes, asociaciones de transportistas, medios ordinarios de transporte por ferrocarril, parque de vehículos públicos y privados que se puedan utilizar en una emergencia, con identificación de numero de vehículos, modo de localización y de petición urgente.
. El registro de las rutas y horarios de los medios de transporte que circulen por la provincia, cualquiera sea su procedencia, Empresas a las que pertenecen y modo de petición urgente.
. El registro de vehículos privados disponibles en las poblaciones a evacuar.
. El registro de los medios disponibles en la provincia para extinción de incendios, su localización, calidad, dependencia, medios de comunicación que enlazan los distintos parques y otras redes que puedan utilizarse para ese servicio.
. El registro de las estaciones radiotelefónicas de las Instituciones y Organismos públicos y privados que puedan utilizarse para las transmisiones.
. La localización de los equipos de reten y de averías para hacer frente a las situaciones que se pueden presentar en la emergencia en relación al Servicio de Transmisiones.
. La realización de los avisos a la población diseminada por parte de las unidades de la Guardia Civil.
.El control radiológico y protección del personal de intervención.
III.5.5 Organización municipal.
- Municipios de la Zona I: La Organización que actúa en estosMunicipios constituye el enlace entre la Dirección del Plan y la población directamenteafectada. Para un eficaz cumplimiento de sus funciones se requieren medios que aseguren:
. Una comunicación instantánea, permanente y segura con la Dirección del Plan (CECOP), a través, al menos, de dos medios de transmisión (alámbrico e inalámbrico).
. Una comunicación igualmente fluida entre todos los integrantes de la Organización Municipal, que deberán cumplir parte de sus funciones fuera del Puesto de mando y en permanente desplazamiento.
. La posibilidad de hacer llegar, con la máxima rapidez posible, la información y las instrucciones emanadas de la Dirección del Plan a todos y cada uno de los habitantes del termino municipal, que deberán aplicarlas tanto dentro del casco urbano como fuera de el, lo que incluye a la población diseminada y la que pueda estar fuera en fincas rurales u otros puntos dispersos.
. Un conocimiento permanente de las medidas de radiación de los detectores situados en el Ayuntamiento.
. Un conocimiento detallado del área afectada, que haga posible determinar con exactitud el alcance geográfico de la emergencia, con precisión suficiente como para definir la situación de cada vivienda diseminada o lugar de trabajo disperso.
. Un mecanismo de registro y grabación de todas las comunicaciones que se reciben y emiten por el CECOPAL, a fin de hacer posible la reconstrucción posterior de las actuaciones.
. El control radiológico del personal de intervención.
. Un sistema de presentación de información que permita su visualización aislada o simultánea en cualquier momento.
- Municipios sede de Estaciones de Clasificación y Descontaminación(ECD): Los Municipios en que se instalen ECD deberán ofrecer a esta todo el apoyologístico que requiera, dentro de las posibilidades a su alcance. Para ello se requierenmedios que aseguren:
. Una comunicación fluida y permanente con la Dirección del Plan.
. Una comunicación fluida entre el Puesto de Mando Municipal y la ECD.
. La difusión de información a la población del casco urbano, a fin de que conserve la disciplina y el orden interno.
. La posibilidad de instalar puestos de control del trafico en el casco urbano y regular adecuadamente la circulación.
. El registro de las actuaciones desarrolladas a lo largo de la emergencia.
- Municipios con funciones de áreas base de recepción social (ABRS):las ABRS tienen por finalidad dar albergue a los posibles evacuados del área afectada.Para un eficaz cumplimiento de esta función se requieren medios que aseguren:
. Una comunicación fluida con la Dirección del Plan.
. Una comunicación fluida del Puesto de Mando Municipal con los integrantes de la organización que deban cumplir parte de sus funciones fuera del mismo, desplazándose permanentemente por el casco urbano.
. Un conocimiento actualizado de los edificios aptos para el albergue de evacuados, su capacidad, tanto actual como potencial, el personal que debe contactarse para su habilitación y la forma de localizarlo en cualquier momento.
. Un conocimiento actualizado de los establecimientos comerciales capaces de proveer los suministros necesarios para los evacuados, de sus disponibilidades en ese sentido y las personas que deben ser conectadas para disponer de tales existencias en el momento necesario.
. Una comunicación permanente y fluida entre cada uno de los centros de albergue que se habiliten y el Puesto de Mando.
. Unos medios de difusión que permitan mantener adecuadamente informada a la población del casco urbano, a fin de que conserve la disciplina y el orden interno.
. La posibilidad de instalar puestos de control del trafico en el casco urbano y regular adecuadamente su fluidez.
. Un sistema de registro de la situación de las personas albergadas.
III.6 INFORMACIÓN A LA POBLACIÓN.
Independientemente de las actuaciones previstas para el GrupoLogístico en relación a la información a la población afectada a través de megafoníafija y móvil se utilizaran los medios de comunicación social, especialmente las emisorasde radio para potenciar y completar la información.
Se distinguen tres tipos de información, según el área a la que vayadirigida. El primero lo constituyen los núcleos de población dentro de la zona I. Elsegundo lo constituye la población de la zona II. El tercero la población en general.
La utilización de los medios de comunicación social se realizara alas ordenes del Director del Plan.
III.6.1 Primer tipo.
Las emisoras locales se utilizaran para informar a la población de lazona I con posterioridad al uso de los medios de comunicación directa (megafonía,sirena, campana), dado que previamente se debe anunciar su sintonización.
III.6.2 Segundo tipo.
Las emisoras locales pueden difundir noticias con carácter periódicopara la población que, estando próxima al escenario de la emergencia, solo se veraefectada indirectamente por el consumo de alimentos, el traslado desde la zona afectada depersonal evacuado, etc. Estas noticias son en su conjunto preventivas y orientativas.
III.6.3 Tercer tipo.
La información al resto de la población puede hacerse de formadiferida a través de la prensa, radio o televisión.
En una situación de emergencia no solo hay que procurar la difusiónde una información realista, clara y sin ambigüedades a fin de alcanzar la finalidad delPlan, cual es la protección de la población, sino también evitar la difusión deinformación incongruente que puede provocar situaciones de pánico individuales einjustificadas. Para ello esta previsto que el Gabinete de Información prepare,centralice y coordine toda la información sobre la emergencia.
III.7 MANTENIMIENTO DE LA EFECTIVIDAD DEL PLAN.
Los requisitos de seguridad nuclear y física impuestos a las centralesnucleares permiten garantizar, con elevado nivel de confianza, la ausencia de accidentesnucleares.
Este logro de la tecnología nuclear repercute negativa, peroafortunadamente, en el mantenimiento de la efectividad del Plan de Emergencia, dado lafalta de oportunidad de su aplicación. Para que esto no ocurra, se establecen unosobjetivos que garanticen la preparación de la organización de emergencia y laactualización del Plan, y se asigna unas misiones a los principales responsables de lamisma para alcanzarlos.
Dichos objetivos y las vías para su consecución son:
a) Preparación de la organización:
. Asegurando el conocimiento del Plan por todas las personas que intervienen en el mismo.
. Manteniendo la operatividad de los equipos humanos y medios materiales.
. Comprobando, mediante ejercicios y simulacros, este conocimiento y operatividad.
b) Actualización del Plan:
. Disponiendo las revisiones que puedan ser precisas de acuerdo con las experiencias obtenidas en ejercicios y simulacros y con las nuevas normas o técnicas que se puedan adoptar.
Las misiones asignadas a cada uno de los estamentos fundamentales de laorganización son:
a) Del Director del Plan:
. Coordinar el mantenimiento de la Organización.
. Coordinar y evaluar los ejercicios y simulacros.
. Disponer las revisiones del Plan que sean necesarias.
b) De los jefes de los Grupos de Acción:
. Mantener y comprobar la preparación de su Grupo, participando en la realización de simulacros y realizando ejercicios relacionados con las misiones del Grupo.
. Proponer al Director del Plan revisiones del mismo.
. Participar en las revisiones generales que se dispongan.
C) De los Jefes de los Servicios Operativos:
. Mantener y comprobar la preparación del servicio correspondiente, participando en la realización de simulacros o ejercicios.
. Proponer al Jefe del Grupo revisiones del Plan dentro del ámbito de sus competencias.
. Participar en las revisiones generales que se dispongan.
III.7.1 Conocimiento del Plan.
El Plan será distribuido a los Jefes de Grupos, a los componentes delComité Asesor, a los Jefes de los Servicios Operativos y a los responsables de laOrganización Municipal.
Estos deberán conocerlo adecuadamente y difundir, entre los miembrosde sus respectivas organizaciones, las partes del mismo, cuyo conocimiento sea precisopara el desarrollo de su actividad en el Plan, así como, en su caso, las instruccionesparticulares del propio servicio que detallen sus misiones especificas.
Asimismo, a fin de asegurar un nivel básico y homogéneo decapacitación del personal que debe intervenir y, en particular, de los mandosintermedios, se elaborara y aplicara, siguiendo las directrices de la Dirección Generalde Protección Civil y del Consejo de Seguridad Nuclear, un Plan General de Capacitación,destinado a todo el personal que se menciona en el Plan de Emergencia y deba actuar en el.El Plan General de Capacitación deberá armonizar el nivel de adiestramiento de cadaintegrante con su nivel previo de conocimientos y el carácter de sus actuaciones y gradode responsabilidad dentro del Plan de Emergencia.
Los objetivos fundamentales del Plan General de Capacitación son:
- Asegurar un conocimiento adecuado a cerca de las característicasposibles de un accidente nuclear, los riesgos que comporta y las medidas de protecciónque se han de adoptar.
- Dar a conocer la estructura organizativa del Plan de Emergencia pararesponder a esos riesgos y aplicar las medidas de protección.
- Lograr un adiestramiento suficiente para la ejecución de las funcionesencomendadas, exponiéndolas ampliamente y realizando, en la medida de las necesidades,ejercicios y demostraciones practicas de su desarrollo.
Siguiendo las directrices de la Dirección General de Protección Civily del Consejo de Seguridad Nuclear se elaborara y aplicara un Plan de Información a laPoblación del área potencialmente afectuada, que se ejercitara con la participación delos respectivos Ayuntamientos. Con dicho Plan de Información se pretende una adecuadareacción por parte de la población afectada, mediante el conocimiento suficiente de los riesgos que supone la emergencia y las medidas adoptadas paraminimizarlos. De esta manera se evitara, en lo posible, la presencia de reaccionesindividualistas, solidarias e indisciplinadas, que puedan entorpecer la aplicación de lasmedidas que se adopten.
Una vez logrados estos dos objetivos (capacitación del personal deintervención e información a la población del área afectada) se deberá atender almantenimiento de los niveles básicos alcanzados. Ello se podrá lograr mediante Planes decapacitación y de información de carácter periódico, que podrán coordinarse con losejercicios y simulacros que se exponen en el apartado siguiente.
III. 7.2 Operatividad de los equipos humanos y medios materiales.
Como complemento del nivel de capacitación e información obtenidoserá necesario asegurar el mantenimiento de la operatividad de los medios disponibles ydel adiestramiento del personal en su correcta utilización.
Para ello, se establecen tres mecanismos básicos: Simulacros,ejercicios y comprobaciones periódicas.
- Simulacros: Consisten en la simulación de una situación deaccidente que activa el Plan y permite comprobar la capacidad de respuesta y empleo de losmedios previstos en el. Los simulacros pueden ser generales o parciales, según involucreno no a la totalidad de la organización o solo a determinados Grupos o Servicios o adeterminados niveles de mando o ejecución. Los simulacros generales podrán o no incluirla simulación de los aspectos vinculados al Plan de Emergencia Interior de la centralnuclear involucrada y requerir o no, por lo tanto la realización de las accionescorrespondientes en el interior de la misma. Pero incluso en aquellos que no impliquenmovimientos internos de la central, esta deberá permanecer atenta a las comunicaciones yparticipar con el personal adecuado en todo lo que se le ordene por el Director del Plan.
La finalidad de un ejercicio o simulacro de emergencia, es lacomprobación, no solamente de los competentes principales del Plan, sino también delnivel de preparación alcanzado, es decir, la eficacia con que las diferentesorganizaciones involucradas llevan a cabo sus actuaciones.
Para el diseño de un simulacro deberá efectuarse un estudio previodel desarrollo previsto de la emergencia, según el cual el Director del Plan, con lacolaboración del Comité Asesor elaborara el programa del simulacro. El programacomprenderá los datos de desencadenamiento del supuesto, las características yevolución del mismo, las medidas de protección que requiera y los objetivos a cumplir,incluyendo los tiempos óptimos y máximos aceptables de respuesta. Estas previsiones secompararan con los tiempos que se obtengan realmente, los cuales serán debidamenteregistrados.
El diseño debe quedar escrito de forma que fácilmente sea asimiladopor los actuantes y permitir cierta flexibilidad en la respuesta ante ciertos hechos. Estaflexibilidad debe permitir el equilibrio optimo de libertad de actuación dentro del marcode simulación, es decir, cuando el marco sea meramente docente, la flexibilidad serámínima.
Esa comparación será realizada por el Comité Asesor bajo ladirección del Director del Plan, mediante una reunión en la que se efectuara un juiciocritico del simulacro. Es aconsejable contar en dicho juicio critico con la presencia deobservadores que no hayan participado directamente en el simulacro. También seriadeseable la presencia de representantes de las Cortes y Organos Legislativos Autonómicos.
El Director del Plan propondrá a la Dirección General de ProtecciónCivil un Plan anual de simulacros que incluirá como mínimo la realización de unogeneral. A su vez, la Dirección General de Protección Civil se encargara de coordinarlos simulacros de las distintas provincias entre si, de tal manera que, a lo largo delaño, se pueda reunir la máxima diversidad de experiencias posibles, tanto en cuanto alos supuestos desencadenantes como en lo que se refiere a los objetivos a alcanzar,acciones a realizar y recursos humanos a movilizar.
Asimismo, los simulacros anuales de cada provincia deberán seradecuadamente diversificados, con el objeto de lograr en el plazo mas breve posible lacomprobación de la operatividad de todos los recursos en distintas situaciones.
- Ejercicios: Consisten en el desarrollo de una o mas operacionesconcretas del Plan, para comprobar y mantener el conocimiento practico, la destreza delpersonal que interviene en su realización y la perfecta adecuación de los mediosmateriales que deben utilizarse en la misma.
Los ejercicios pueden ser de varios tipos, según sus alcances, nivelesy sectores de la estructura organizativa que involucre y sus objetivos específicos. Desdeel punto de vista del personal implicado pueden ser:
. Ejercicios que involucren a la totalidad del Grupo de Acción.
. Ejercicios que involucren a un determinado nivel de mando, o a varios de ellos, para todos los Grupos.
. Ejercicios que afecten a uno o mas Servicios de determinado Grupo.
Desde el punto de vista de sus objetivos específicos los principalesejercicios que se prevén son, entre otros:
- De las comunicaciones.
- De localización de mandos y personal operativo.
- De movilización de vehículos.
- De verificación de datos y planificación de actividades.
- De comprobación de funcionamiento de medios materiales.
- De emergencia medica.
- De vigilancia radiológica.
La determinación de los ejercicios a realizar por las distintas partesde la Organización a lo largo del año, se hará de tal manera que con ellos se puedamovilizar y poner a prueba especialmente aquellos servicios que no se hayan vistoafectados o hayan tenido una escasa participación en el simulacro previsto para ese mismoaño. De esta manera, cada año, se lograra poner a punto la totalidad de la estructuraorganizativa del Plan.
La frecuencia de estos ejercicios será anual, salvo en los casos enque, por razones particulares de la naturaleza de la operación de que se trate, searecomendable una frecuencia mayor. El Director del Plan propondrá a la Dirección Generalde Protección Civil un Plan anual de ejercicios teniendo en cuenta los criterios que sehan enunciado y las sugerencias de los Jefes de cada Grupo para los Servicios integrantesdel mismo. La Dirección General de Protección Civil se encargara a su vez de coordinarlos Planes de Ejercicios respectivos de las distintas provincias.
- Comprobaciones periódicas:Determinados medios materiales queintegran la dotación del Plan Especial de Ambito Estatal, en particular aquellos que sehan clasificado como de "disposición permanente", requieren para sumantenimiento en optimas condiciones de utilización, un uso regular y periódico, y unaigualmente periódica verificación de su estado. Para ello, se deberán prevercomprobaciones periódicas que serán ejecutadas por los distintos Servicios involucradoscon una frecuencia adecuada a las necesidades de cada uno de los medios de que se trate.
Tal es el caso de los medios de transmisión específicamenteincorporados para la dotación del Plan, los avisos a la población, los de detección dela radiactividad, los equipos de vigilancia radiológica, etc. Los responsables de losServicios a que se asignan estos medios deberán encargarse de proponer la frecuencia conque se verificara su funcionamiento y ejecutar tales comprobaciones en los plazosestablecidos.
III. 7.3 Revisión del Plan.
Se estudiaran las propuestas de revisión del Plan con carácterordinario una vez al año, como consecuencia de las experiencias adquiridas en losejercicios y simulacros realizados durante ese periodo.
Asimismo, el Director del Plan, o el Consejo de Seguridad Nuclearpodrán proponer a la Dirección General de Protección Civil una revisión de carácterextraordinario, cuando así lo requieran las variaciones en la normativa técnica ojurídica o de alguno de los aspectos que hacen posible su funcionamiento.
Cuando se produzcan alteraciones en los datos correspondientes a losmedios y personal actuante, alta o baja de medios a disposición el Plan, los Jefes de losGrupos respectivos propondrán al Director del Plan las actualizaciones que corresponda.
ANEXO I
INTERFASE
- Categorías.
- Categorías, fases y situaciones.
- Niveles de intervención.
- Modelos de notificaciones.
En España existen por razones históricas y administrativas, dosPlanes de Emergencia asociados a las instalaciones nucleares y a las radiactivas: Elinterior y el exterior. Si bien su finalidad es la misma, obedecen a Planteamientosdistintos. El Plan de Emergencia Interior es elaborado por el titular de una instalación(cuya operación entre dentro del marco legal del Decreto 2869/1972), con el preceptivoinforme favorable del Consejo de Seguridad Nuclear y aprobado, junto a otros documentospreceptivos, por el Ministerio de Industria y energía que es la autoridad que concede lasautorizaciones de puesta en marcha. El Plan de Emergencia Exterior es elaborado por laDirección General de Protección Civil, teniendo en cuenta los criterios del Consejo deSeguridad Nuclear. Para su aprobación se seguirá lo establecido en la Ley 15/1980 y enla Ley 2/1985.
Esta distinción, que legal y técnicamente es justificable, no esadecuada en el momento de producirse una situación de emergencia. Y así el Consejo deSeguridad Nuclear y la Dirección General de Protección Civil han convenido en considerarambos planes como un solo Plan de Emergencia Integrado y que si bien mantiene laseparación de ambos Planes, los contenidos de ambos se ven correlacionados por esteanexo. De esta forma se armonizan las actuaciones tanto de la Autoridad competente comodel titular en aras de una mejor protección a la población.
INTRODUCCION
Las centrales nucleares españolas poseen diseños procedentes depaíses en los que han llevado a cabo estudios sobre los posibles accidentes que puedenocurrir, clasificándoles en categorías según los vertidos radiactivos que pueden serliberados al exterior, a consecuencia de los mismos.
Partiendo de un suceso iniciador, se han considerado las diversassecuencias que su evolución puede seguir. Dependiendo de dichas secuencias puede ocurrirque la liberación sea nula, caso mas frecuente según el concepto en seguridad nuclear de"defensa en profundidad", o en el caso de que este concepto se degrade, puedehaber una cierta cantidad de liberación máxima al exterior.
Los estudios a los que se ha hecho mención, están basados encentrales de referencia, que no siempre coinciden exactamente con las españolas, noobstante los sistemas de seguridad, los requisitos impuestos y la garantía de calidadasociada, hacen extrapolables los resultados.
CATEGORÍAS
Los posibles o razonablemente hipotéticos accidentes que puedenocurrir en una central nuclear de potencia quedan clasificados en cuatro Categorías,según la liberación máxima de material radiactivo que, a consecuencia de una evoluciónpesimista del suceso iniciador de aquellas, sale al exterior.
Los radionucleidos considerados para el establecimiento de talesCategorías se agrupan en gases nobles y radioyodos, según la practica usual seguida ylas recomendaciones internacionales al respecto. No obstante en la Guía del Consejo deSeguridad Nuclear "Modelo Dosimétrico de Emergencias Nucleares" se considera deforma individual aquellos que han de tenerse en cuenta en la evaluación de los efectosradiológicos.
- Categoría I: La constituyen aquellos sucesos de los que no sederiven vertidos al medio, no obstante con medidas de precaución han de ser comunicados alas Autoridades.
- Categoría II: La constituyen sucesos que en caso de evolucióndesfavorable pueden liberar:
0,37 Pbq (10 Ci) de gases nobles
0,037 Pbq (10 Ci) de radioyodos
- Categoría III: La constituyen sucesos que en caso de evolución
Desfavorable pueden liberar:
37 PBq ( 10 Ci) de gases nobles.
0,0037 Pbq (10 Ci) de radioyodos.
- Categoría IV: la constituyen sucesos que en el caso masdesfavorable de su evolución conducen a la fusión total o parcial del núcleo, porconcatenación de fallos de las salvaguardias tecnológicas, incluida la contención.Según las hipótesis mas conservadoras actualmente consideradas, la liberación puedealcanzar:
1,4.10
4 PBq (3,7.10
8 Ci) de gases nobles (4) (*).
6,7.10
3 PBq (1,8.10
8 Ci) de radioyodos (*).
4 (*) Estos valores corresponden a una central de 1.000 Mwe (3.200 Mwt)de potencia. Si fuese otra la otencia, habrían de aplicarse los factores de escalacorrespondiente.
Teniendo pues clasificados los sucesos iniciadores en categorías, ysiempre con miras a obtener la protección máxima a la población, cuando se identificauno de ellos puede preverse conservadoramente, la actividad liberada.
FASES Y SITUACIONES
La razón de ser un Plan de emergencia es la adopción adecuada demedidas de protección a la población que evite o minimice los efectos de tal situación.En el caso de una emergencia radiológica los efectos son debidos a la absorción, por parte de la población, dela energía liberada en la desintegración de los radionucleidos emitidos a causa delaccidente. Es pues necesario establecer una correlación entre actividad emitida(Categoría del suceso) y los efectos esperados (dosis absorbida) para poder concluirrazonablemente sobre las medidas a adoptar. Esta correlación se consigue a través demodelos numéricos teniendo en cuenta los parámetros de dispersión.
Considerando los niveles de intervención, inferior y superior, lasmedidas de protección a adoptar, se agrupan en situaciones, las cuales a su vez seestructuran en dos fases: Fase de Preemergencia y Fase de Emergencia.
La primera se caracteriza porque la dosis que se estima pueda serabsorbida por la población (grupo critico) no alcanza el valor del nivel de intervencióninferior. La Fase de emergencia se caracteriza porque dicha dosis pueda superar el valordel nivel de intervención inferior. En Preemergencia no existen pues, medidas deprotección de aplicación directa a la población; sin embargo, en Emergencia, al menos,se hace necesaria su consideración.
Las Situaciones se numeran desde 0 hasta 4. La determinación de cadauna de ellas viene reflejada en la tabla I, de acuerdo con las dosis que pueda recibir elgrupo critico a consecuencia de los vertidos radiactivos producidos por el accidente. LasSituaciones 0 y 1 corresponden a la Fase de Preemergencia y las restantes a la Fase deEmergencia.
Tabla I
| PREEMERGENCIA | NO SE ESPERAN VERTIDOS |
Situación 0 |
| <5 mSv (<0,5 rem) a todo el cuerpo
<50 mSv (<5 rem) al tiroides. |
Situación 1 | |
| EMERGENCIA | ≥5 mSv, < 25 mSv (≥0,5 rem, <2,5 rem) a
todo el cuerpo
≥50 mSv, <250 mSv (≥5 rem, <25 rem) al tiroides |
Situación 2 |
| ≥25 mSv, <100 mSv (≥2,5 rem, <10 rem) a
todo el cuerpo
≥250 mSv, <1.000 mSv (≥25 rem, <100 rem) al tiroides |
Situación 3 | |
| ≥100 mSv (≥10 rem) a todo el cuerpo
≥1.000 mSv (≥100 rem) al tiroides |
Situación 4 |
Dadas pues las situaciones y las áreas en donde se esperan alcanzaraquellas, las autoridades pueden iniciar las actuaciones que conduzcan a la protección dela población.
Conviene indicar que, dada la gravedad de un suceso de categoría IV,el inicio de la adopción de medidas ha de ser inmediato y huelga por lo tanto el hacer,en un principio, cálculos que puedan demorar las decisiones a tomar. Puede ser útil enel momento de la notificación de un suceso de tal categoría el adoptar las siguientessituaciones para cada área que se cita:
- Sector preferente, hasta tres
kilómetros: Situación 4.
- Sector preferente, hasta cinco kilómetros: Situación 3.
- Resto zona I: Situación 2.
CATEGORÍAS, FASES Y SITUACIONES
De lo anteriormente expuesto se deduce la tabla II, en la que se ponede manifiesto la correlación de las categorías, con las fases y con las situaciones.
Como puede observarse, el nivel superior de intervención en las tablasbien establecido en 100 mSv (10 rem) a todo el cuerpo y 1.000 mSv (100 rem) al tiroides.Estos valores están por debajo de los recomendados por la Comisión de ComunidadesEuropeas reflejados en el anexo II, niveles de intervención.
MEDIDAS DE PROTECCIÓN
De acuerdo con la situación, las medidas a considerar para suadopción, si procede, son las que a continuación se exponen. Nótese que cada situaciónacumula las de situaciones anteriores.
- Fase de preemergencia:
. Situación 0. Ninguna.
. Situación I. Control de Accesos.
- Fase de emergencia:
. Situación 2. Control de Accesos.
Confinamiento.
Profilaxis radiológica.
Protección personal.
. Situación 3. Control de Accesos.
Confinamiento.
Profilaxis radiológica.
Protección personal.
Evacuación de grupos críticos (por unidad familiar, con
inviduos considerados críticos).
Control de alimentos y agua.
Estabulación de animales.
. Situación 4. Control de Accesos.
Confinamiento.
Profilaxis radiológica.
Protección personal.
Evacuación de grupos críticos (por unidad familiar, con
individuos considerados críticos).
Control de alimentos y agua.
Estabulación de animales.
Evacuación de la población.
Se hace preciso señalar que:
- Por debajo del nivel inferior de intervención no es necesario adoptarmedidas de protección; es recomendable el control de accesos.
- Alcanzar el nivel superior de intervención de la situación 2; debeadoptarse la medida de confinamiento.
- Cuando en la situación 4 se llegue a dosis de 500 mSv (50 rem) a todoel cuerpo o 1.500 mSv (150 rem) al tiroides debe adoptarse la medida de evacuación de lapoblación.
- La adopción de medidas de protección, dentro del margen deaplicación, se efectuara considerando aquellos factores ambientales que condicionan elnivel de protección a la población.
Tabla II
| FASE | SITUACION | NIVELES DE INTERVENCION | CATEGORÍA DEL SUCESO (*) | |
| Dosis a cuerpo entero | Dosis a tiroides del niño | |||
| PREEMERGENCIA | 0 | <5 mSv (0,5 rem) | <50 mSv (5 rem) | I y II |
| 1 | III | |||
| EMERGENCIA | 2 | ≥5 mSv (0,5 rem)
y <25 mSv (2,5 rem) |
≥50 mSv (5 rem)
y <250 mSv (25 rem) |
IV |
| 3 | ≥25 mSv (25 rem)
y <100 mSv (10 rem) |
≥250 mSv (25 rem)
y <1000 mSv (100 rem) |
||
| 4 | ≥100 mSv (10 rem) | ≥1.000 mSv (100 rem) | ||
(*)La correspondencia entre fase, situaciones y categorías de sucesos es válida en los primeros momentos de la emergencia.
NIVELES DE INTERVENCIÓN
Denominados también, y quizá con mayor propiedad, "niveles dereferencia", tratan de especificar los valores de equivalentes de dosis a los que lasmedidas de protección especificadas en el anexo IV son recomendables teniendo en cuentael riesgo y costo social que lleva consigo su no adopción.
A continuación se exponen las normas dadas al respecto por laComisión de las Comunidades Europeas en julio de 1982, que se emplean como referencia enla aplicación del Plan.
Nivel inferior de intervención: Radiológicamente no estajustificado el tomar las medidas que se indican en la tabla cuando se produce o se esperaque se produzcan exposiciones que conduzcan a valores de equivalentes de dosis a todo elcuerpo y otros órganos, inferiores a los siguientes:
Equivalente de dosis en mSv (rem)
| Medida de protección | Todo el cuerpo | Tiroides, pulmón y otros órganos individualmente considerados |
| Confinamiento | 5 (0,5) | 50 (5) |
| Profilaxis | -- | 50 (5) sólo tiroides |
| Evacuación | 100 (10) | 300 (30) |
Nivel superior de intervención: Radiológicamente esta justificadoel tomar las medidas que se indican en la tabla cuando se produce o se espera que seproduzcan exposiciones que conduzcan a valores de equivalentes de dosis a todo el cuerpo yotros órganos o tejidos superiores a los siguientes:
Equivalente de dosis en mSv (rem)
| Medida de protección | Todo el cuerpo | Tiroides, pulmón y otros órganos individualmente considerados |
| Confinamiento | 25 (2,5) | 250 (25) |
| Profilaxis | -- | 250 (25) |
| Evacuación | 500 (50) | 1.500 (150) |
Niveles de dosis para el personal de intervención en la emergencia:El personal con misiones especificas asignadas dentro del Plan de Emergencia estarásometido a un control dosimétrico especial, a fin de asegurar que la dosis de estepersonal se mantiene inferior a los siguientes niveles:
Para actividades generales a realizar dentro del Plan de emergencia,250 mSv (25 rem) por exposición externa o 1.200 mSv (120 rem) a la glándula tiroides.Unicamente en situaciones excepcionales se puede permitir la superación de los valoresanteriores.
NORMAS PARA CUMPLIMENTAR EL "MODELO DE NOTIFICACIONES DEEMERGENCIA NUCLEAR"
Este formato servirá de modelo para las comunicaciones que se realicencon objeto de informar de situaciones de emergencia de cualquier categoría.
Los apartados 1, 2 y 3 deberán ser cumplimentados en un primer momentodespués de acontecer el suceso desencadenante, rellenándose el resto de la informacióncuando se vayan obteniendo los datos.
Apartado 1: Se indicara mediante una cruz a quien va dirigida lacomunicación, así como la palabra clave si procede.
Apartado 2: Se indicara el suceso de acuerdo con las denominaciones quese establecen en los Planes de Emergencia. Se indicara la categoría rodeando con uncirculo el signo que corresponde del I al IV.
En el apartado de disparo de la Central se indicara con una cruz en elcuadro que proceda.
Apartado 3: Se indicaran los datos reales. Velocidad en metros/segundo.
Dirección: De procedencia a destino. Sectores (N, NNE ... NNW).Categoría de Pasquill A, B, C, D, E, F o G, y si llueve o nieva.
Apartado 4: Se indicaran los datos que procedan con una cruz en elcuadrado correspondiente y los valores en los espacios punteados.
Apartado 5: Se indicaran los datos estimados precedidos de una E,siempre que no se cuente con datos reales.
Apartados 6, 7 y 8: Se rellenaran si procede.
Apartado 9: Se indicara aquella información que se solicite por losOrganismos correspondientes y que no este comprendida en los puntos anteriores.
Por ultimo, hay que indicar que la notificación ha de ser firmada porel Director de Emergencia.
ANEXO II
ZONAS DE PLANIFICACIÓN
Se denominan así aquellas áreas geográficas sobre las que han deincidir las medidas de protección indicadas en el anexo I desarrolladas en el anexo IV.
Vienen determinadas por su distancia a la instalación y por losefectos esperados en ellas a consecuencia del espectro de accidentes tenidos en cuenta enla elaboración del Plan de Emergencia (figura 1).
- Zona bajo control del explotador: Las medidas y actuaciones en estaZona están especificadas en el Plan de Emergencia de la instalación. Sus dimensionesquedan determinadas en la autorizaciones correspondientes expedidas por el Ministerio deIndustria y Energía.
- Zona de exposición por submersión: Corresponde con aquel áreageográfica en donde el camino critico de exposición esta asociado a la permanencia en lanube radiactiva. A consecuencia de dicha permanencia la población soporta un riesgoradiológico por irradiación externa o interna (por inhalación), por tanto, en ella sehan de considerar medidas de protección destinadas a minimizar el riesgo radiológicoindividual.
Se hace necesario también considerar los caminos de exposicióndebidos a la deposición de partículas en el terreno a fin de limitar los equivalentes dedosis individuales y colectivas a la población que permanezca en la misma o a los equiposde emergencia.
- Zona de exposición por ingestión: corresponde con aquel áreageográfica donde el camino critico de exposición esta asociado a la contaminación dealimentos debida a la deposición de partículas radiactivas en el terreno o bien sobredichos alimentos.
A consecuencia de dicha ingestión la población soporta una riesgoradiológico por irradiación interna. En esta zona se han de considerar medidas deprotección destinadas a prevenir el riesgo radiológico a causa del consumo de productosalimenticios y agua. Tales medidas se justificaran a través del equivalente de dosiscolectiva.
Esta zona comprende también a la anterior.
- Dimensiones de las zonas: según las características de lasCentrales nucleares de potencia que operan en España o están en construcción, losparámetros de difusión de sus emplazamientos, el perfil topográfico y la distribucióndemográfica, el Consejo de Seguridad Nuclear ha estimado que a fin de uniformar desde elpunto de vista de Planificación las dimensiones de las zonas, y teniendo en cuenta lapractica usual de estimación de los efectos radiológicos internacionalmente aceptada, seconsidera, con los márgenes de seguridad adecuados, que:
- La zona de exposición por
submersión (o zona I a efectos del Plan), no será superior a 10
kilómetros.
- La zona de exposición por ingestión (o zona II a efectos
del Plan), no será superior a 30 kilómetros.
Asimismo, la zona I se subdivide en tres Subzonas dependiendo de lasmedidas de protección que en ellas se pueden tomar para la protección de la poblacióndurante la emergencia.
- Subzona IA no superior a 3 kilómetros: Medidas
correspondientes ala situación 4.
- Subzona IB no superior a 5 kilómetros: Medidas
correspondientes ala situación 3.
- Subzona IC no superior a 10 kilómetros: Medidas
correspondientes ala situación 2.
La figura 1 presenta las zonas y subzonas correspondientes.
Sector de atención preferente: Dado el mecanismo de difusión ydispersión de los contaminantes procedentes de una instalación accidentada, en losprimeros momentos de comenzar los vertidos radiactivos no se verán afectadas las zonascircundantes en toda su amplitud, sino que siguiendo la dirección del viento afectarancon anterioridad aquellas que se encuentren situadas a sotavento.
Teniendo en cuenta los fenómenos de transporte y sus posiblesfluctuaciones, el Consejo de Seguridad Nuclear considera aceptable la figura 2 como elárea máxima dentro de las zonas I y II que puede quedar afectada y sobre las que lasautoridades responsables deben centrar su atención en los primeros momentos de iniciarseel vertido radiactivo.
ANEXO III
MEDIDAS DE PROTECCIÓN
Tiene como finalidad el reducir las exposiciones a valores tan bajoscomo razonablemente pueda conseguirse.
Cuando tiene lugar un accidente de consecuencias radiológicas, losefectos asociados pueden disminuirse sensiblemente si se toman las medidas adecuadas altipo de riesgo que conlleva y en el tiempo oportuno. Estas medidas que se detallan acontinuación, han de ser suficientemente flexibles para que sean adoptadas con facilidady sencillez. Si bien su adopción no representa un riesgo adicional, en una emergencia hayque considerar que pueden producirse entre la población otros efectos no radiológicosmas graves que los radiológicos, que se tratan de evitar.
Las medidas de protección a considerar son: Control de accesos,confinamiento, profilaxis radiológica, protección personal, control de alimentos yaguas, estabulación de animales, evacuación, descontaminación de personas y equipos,asistencia sanitaria, descontaminación de áreas y traslado.
A continuación se describen estas medidas, incluyendo sus riesgos ydificultades en su aplicación.
CONTROL DE ACCESOS
Esta medida queda justificada en cualquier tipo de emergencia para unmejor desenvolvimiento del personal que haya de actuar y una mas rápida y eficazintervención en ayuda de los afectados. En el caso de Emergencia Nuclear, dicha medidaaplicada a zonas que puedan quedar o hayan quedado contaminadas trae consigo además dosventajas:
. Disminución del equivalente de
dosis colectiva.
. Reducción en la propagación de la contaminación.
La adopción de esta medida hace disminuir el riesgo de accidentes detrafico con un adecuado control en las vías de comunicación.
Las dificultades son inherentes a la organización de la emergenciapara conseguir una respuesta rápida para el establecimiento de tales controles.
CONFINAMIENTO
Consiste en la permanencia de la población bien en sus domicilios,bien en edificios próximos a los lugares en donde se encuentre en el momento deanunciarse la adopción de la medida.
Las ventajas que conlleva la adopción de esta medida son tres:
. Un sencillo y eficaz control sobre la población para su información o para tomar alguna otra medida.
. Una protección (por el efecto de blindaje de las estructuras del edificio) contra la radiación de la nube contaminante.
Un cierto grado de estanqueidad (mediante actuaciones sencillas) que impide la contaminación de la atmósfera interior del edificio.
. Los riesgos asociados a esta medida de protección son pequeños, en elcaso de núcleos poblados reducidos, prácticamente el riesgo es nulo; unicamente cuandola duración del confinamiento se hace prolongada la impaciencia puede crear situacionesconflictivas, pero que con la presencia de equipos de emergencia se pueden reducirsensiblemente.
Las dificultades se derivan del movimiento hacia los lugares deconfinamiento o de los estados de ansiedad psicológica de algunas personas.
PROFILAXIS RADIOLÓGICA
Significa la ingestión de compuestos químicos estables que tienen unefecto reductor sobre la absorción selectiva de ciertos radionucleidos por determinadosórganos. Tanto el Yoduro como el Yodato de Potasio son compuestos eficaces que reducen laabsorción del yodo radiactivo por la glándula tiroides. Tal medida ha de tomarse o bienantes que el individuo se encuentre sumergido en la nube radiactiva que contenga radioyodoo que ingiera alimentos contaminados con este tipo de radionucleido. Si esto no fueseposible ha de hacerse cuanto antes; teniendo en cuenta que si se administran loscompuestos anteriormente citados, veinticuatro horas después de haber tenido lugar laincorporación (inhalación o ingestión) del yodo radiactivo la eficacia del bloqueo esprácticamente nula.
Los riesgos asociados a esta medida, para la mayoría de la poblaciónson nulos; no obstante pueden existir personas sensibles al yodo y presentarse efectossecundarios, que de todas formas, revisten poca importancia.
Las dificultades se pueden derivar de que la distribución de loscompuestos entre la población y su ingestión sea oportuna.
PROTECCIÓN PERSONAL
Se incluye en esta medida una serie de métodos que, no obstante lasencillez de su aplicación, pueden evitar o disminuir sensiblemente la contaminaciónsuperficial o la inhalación de partículas dispersas en el aire.
El uso de prendas alrededor del cuerpo o colocadas en los orificiosnasales, el taponamiento de rendijas en los accesos de edificios, parada de los sistemasde ventilación, etc., Permiten un control de la contaminación corporal y la retenciónde aerosoles.
No se incluyen equipos de respiración o vestimenta especial que sonutilizados por el personal entrenado.
Estos métodos no presentan riesgo alguno de aplicación.
Tampoco existen dificultades para que se adopten una vez comunicada laconveniencia de los mismos.
CONTROL DE ALIMENTOS Y AGUA
Tiene como finalidad el evitar la ingestión de material radiactivocontenido en productos que entren en la cadena alimentaria. Cuando una zona ha quedadoafectada por la nube radiactiva (o bien aguas contaminadas), y hasta que no se tengan losresultados del análisis de los alimentos que en ella se producen es recomendable elprohibir su consumo, y sustituirlos por otros procedentes de zonas no afectadas. Dentro deesta medida, y después de conocer tales resultados puede decidirse: el consumo normal, elconsumo restringido o diferido, la mezcla con otros alimentos o la prohibición total.
Los riesgos están asociados a la parte de la población sensible a uncambio de dieta como enfermos, ancianos o niños, pero que son nimios y temporales.
La dificultad radica en el abastecimiento a las poblaciones afectadasen la cantidad y premura de tiempo necesarias. Puede ser también difícil el que seaaceptada tal medida o por el contrario, por temor psicológico la negociación de ingeriralimentos que radiológicamente sean aptos para su consumo.
ESTABULACIÓN DE ANIMALES
Esta medida tiene por objeto la protección de las personas y susbienes mediante el confinamiento y control alimenticio de los animales que de algunamanera pueden ser aprovechados. Asimismo la estabulación presenta dos ventajasadicionales.
- Evita la propagación de la
contaminación.
- Ayuda al cuidado de los animales por los equipos de
emergencia.
Los riesgos para las personas son mínimos, quizá si la adopción dela medida no se hace en el tiempo oportuno, el traslado de los animales a sus establospuede ocasionar el retraso en la aplicación de otras medidas (confinamiento, evacuación,etc.).
Las dificultades se presentan en los casos en que los animales seencuentren lejos de sus establos y pudiera ser conveniente el llevarlos a otros lugares.
EVACUACIÓN
Es la medida mas drástica, pero la mas eficaz; no obstante suaplicación ha de estar justificada por los riesgos radiológicos que se evitan y los noradiológicos que se introducen. Las condiciones mas favorables para la adopción de talmedida son las que se producen cuando aun no hay emisión radiológica o, si se produce laevacuación tiene lugar dentro de zonas no afectadas. Una evacuación, bien durante elpaso de la nube o bien a través de zonas contaminadas, requiere la consideración decuestiones radiológicas y ambientales, a fin de conseguir una optimización en laaplicación de la medida.
Los riesgos son los inherentes a la propiedad naturaleza de la medida:
. Accidentes por congestión o mala regulación en el trafico.
. Accidentes por descuidos domésticos a consecuencia de la tensión creada.
. Agravamiento del estado de salud de algún tipo de enfermo, etc.
Las dificultades con las que hay que enfrentarse son:
. Información al público.
. Organización para la evacuación.
. Resistencia de algunas personas a abandonar sus domicilios.
. Confusionismo y desobediencia humanamente justificable de las instrucciones dadas por las autoridades.
No obstante, la problemática que una evacuación conlleva, tanto enlos riesgos como en las dificultades asociadas, se ve simplificada cuando se trata denúcleos poco poblados.
DESCONTAMINACIÓN DE PERSONAS Y EQUIPOS
Por submersión en la nube radiactiva o permanencia en zonascontaminadas, las personas o equipos pueden resultar a su vez contaminados. Existendiversos niveles de descontaminación, desde el simple despojo de la vestimenta o decoberturas, pasando por lavados mas o menos profundos, hasta la intervención sanitariacuando la contaminación es interna. La adopción de esta medida evita por un lado elincremento del equivalente de dosis individual y por otro la propagación de lacontaminación a otras personas o lugares que incrementaría el equivalente de dosiscolectiva. Se debe, pues, aplicar siempre que se pase de una zona contaminada a otra sincontaminar.
Los riesgos asociados a las descontaminaciones de personas por simplecambio de ropas o lavado son nulos; unicamente podrían ser considerados los que conllevanun tratamiento sanitario en caso de contaminaciones profundas o internas.
Las dificultades han de buscarse en la disponibilidad de los mediospara que la adopción de la medida sea eficaz: Vestuario limpio, agua adecuada,instalaciones, etc.
ASISTENCIA SANITARIA
Conviene distinguir entre las personas traumatizadas y ademásirradiadas o contaminadas y aquellas otras cuyas enfermedades son ajenas a la radiación oson consecuencia del estado de tensión producido por la situación de emergencia.Respecto a las primeras, las centrales nucleares poseen medios para prestar los primerosauxilios y ser conducidos a las instalaciones hospitalarias adecuadas para lacontinuación del tratamiento (6) . Respecto a los enfermos, impedidos o ancianos, elequipo sanitario previsto en el Plan habrá de prestar aquellas atenciones que seannecesarias en relación a su estado o las medidas de protección que la Dirección delmismo haya decidido adoptar. Por ultimo, la asistencia sanitaria se hace insustituible enel caso de psicosis asociada al estado de ansiedad o tensión provocado por la situación.
(6) Se espera que solamente sea el personal de la instalación el quehaga resultar con una irradiación o contaminación tal que se haga necesario sutratamiento en instalaciones hospitalarias adecuadas
No existen pues, riesgos en la aplicación de cuidados médicos, sinotodo lo contrario, la no adopción de esta medida incrementaría el riesgo (aunque noradiológico) soportado por la población.
Las dificultades radican en el hecho de poder disponer del equiposanitario cualificado y suficiente para atender los casos que se han citado anteriormente.
DESCONTAMINACIÓN DE ÁREAS (7)
(7) Estas medidas son propias de la fase final de la emergencia.
A fin de que las áreas contaminadas puedan volver a ser utilizadas denuevo, se hace necesaria una descontaminación que permita alcanzar niveles de exposiciónaceptables. Esta descontaminación puede ser natural (desintegración o dispersión en elmedio) o artificial mediante mecanismos de limpieza.
Los riesgos son soportados por el personal de descontaminación, loscuales se ven sometidos a las radiaciones del terreno, y por tanto, habrán de sercontrolados radiológicamente. Asimismo, puede ser un riesgo el trabajo dentro de las zonaafectadas con equipos de protección personal.
Las dificultades aparecen cuando las condiciones atmosféricas no sonadecuadas o no se dispone de lugares en donde almacenar la tierra removida o los efectoscontaminados.
TRASLADO (7)
(7) Estas medidas son propias de la fase final de la emergencia.
Se denomina así al que se efectúa sobre la población que tras elpaso de la nube radiactiva queda sometida a la exposición, debida a la contaminación delterreno y que a consecuencia de la misma puede recibir dosis superiores a las quenormalmente son aceptadas.
Su diferencia con la evacuación esta en que esta se hace de formaapresurada en base a hipótesis conservadoras y sin conocimiento de la duración de talmedida, mientras que el traslado tiene un carácter mas reposado, esta basado en datosreales y se conoce o se puede predecir con aproximación razonable la duración del mismo.
El riesgo de su aplicación es similar al de la evacuación, perocuantitativamente es menor debido a la mejor preparación en la adopción de la medida.
Las dificultades son las propias de una evacuación pero aminoradas porel tiempo de que se dispone y los medios que pueden ser movilizados para facilitar no soloel transporte, sino la estancia en los nuevos lugares.
ANEXO IV
PLAN DE TRANSMISIONES
El presente documento establece criterios de organización de las redesde transmisiones, para asegurar el enlace entre los diferentes Centros, servicios yequipos operativos que intervienen en una emergencia. Estos criterios servirán de basepara la elaboración del Plan de transmisiones correspondientes a los distintos nivelesdel Plan Especial de Ambito Estatal.
Dicho Plan de Transmisiones debe:
a) Asegurar la posibilidad de hacer llegar al CECOP, con la mayor rapidez, la información de la central nuclear y las propuestas del SALEM para que puedan ser adoptadas con la antelación suficiente las medidas de protección.
b) Hacer posible que el Director del Plan este continuamente informado de los acontecimientos a fin de poder tomar las decisiones oportunas.
c) Garantizar el enlace permanente y seguro entre el Director del Plan y los grupos de acción, a nivel provincial y municipal y de unos y otros entre si, y las comunicaciones internas de dichos Grupos de Acción, para asegurar la ejecución y el desarrollo de las ordenes.
d) Garantizar los enlaces con todos los organismos relacionados con la operatividad del Plan y aquellos que preceptivamente deben ser notificados, o activados en el nivel central de apoyo y respuesta.
1. ORGANIZACIÓN
1.1 Mando: Se ejercerá desde el CECOP y estará a cargo delresponsable del CETRA
1.2 Centro de transmisiones:
1.2.1
Director: Es el CETRA, que se encuentra ubicado en el
Gobierno Civil, formando parte integrante del CECOP. A través de
el se intercomunican todas las redes y deberá tener la
posibilidad de integrar redes, radio y telefónicas.
1.2.2
Secundarios: Son los Centros de transmisiones de los
municipios (CECOPAL), de las redes del Grupo Sanitario, de la
Comandancia de la Guardia Civil, del Coordinador de Transporte y
Abastecimiento, de la Central Nuclear, etc.
1.3 Unidades de transmisión: Pueden ser fijas o móviles, ennumero suficiente para que queden enlazados todos los Servicios y Equipos Operativos delPlan. En el Plan de Transmisiones deben figurar los despliegues previstos para lasunidades móviles.
2. NORMAS DE EMPLEO
2.1 Condiciones de trabajo: Todo el tráfico-radio será dirigidopor el CECOP durante el tiempo que dure la emergencia.
2.2 Frecuencias: Habrá un cuadro completo de valores defrecuencias que se utilizara en las redes-radio. Asimismo figuraran los valores defrecuencia alternativa para paliar las interferencias u otras anormalidades que seproduzcan.
2.3 Indicativo: Igualmente se detallaran los indicativos a utilizarpor cada uno de los integrantes de las redes mencionadas.
2.4 Prioridad en el empleo de los diferentes medios de transmisión:Deberán figurar las prioridades de empleo de los diferentes medios de transmisióndurante el desarrollo de cada una de las acciones previstas en el Plan y para cada una delas situaciones.
2.5 Enlaces: Se establecerán las normas que aseguren el empleocorrecto de las transmisiones y la disciplina que es necesario mantener en los enlaces.
2.6 Eventualidades que deben tenerse en cuenta: Deben tenerseprevistas las anomalías que se pueden producir en los Centros y unidades de transmisión,y que son susceptibles de una rápida solución, para que estos no queden fuera deservicio.
Se establecerá la vía a utilizar para que llegue al CECOP lanotificación de que un medio de transmisión ha quedado fuera de servicio y se determineel medio alternativo.
Asimismo, se podrán desplazar a la zona emergencia equipos delservicio de Transmisiones del Grupo Logístico para asegurar una rápida intervención encasos de averías o nuevos requerimientos de comunicación.
2.7 Lenguaje: Es absolutamente necesario emplear en losenlaces-radio un lenguaje claro, convencional, conocido por todos y una disciplinaabsoluta en todas las comunicaciones.
Para facilitar la comprensibilidad en la transmisión de palabras dedifícil pronunciación en un determinado comunicado se hace necesario emplear un códigofonético de deletreo normalizado. Para ello se adopta el código ICAO (InternationalCivil Aeronautical Organization).
3. NORMAS DE ACTUACIÓN
En todo momento, las estaciones de radio de cualquier tipo que trabajenen los canales radio de Protección Civil que no tienen misión especifica en emergencianuclear, así como los Centros de transmisiones (otros Centros de Coordinación Operativa)y usuarios se atendrán en todo momento a lo dispuesto en el Plan en lo relativo acondiciones de trabajo.
3.1 Fase de preemergencia: Desde el CECOP se realizaran lasnotificaciones y localizaciones que se establezcan en el plan.
Para facilitar estas operaciones se elaboraran cuadros que reseñen lasnotificaciones y localizaciones correspondientes y los medios a emplear indicando lasprioridades en el empleo.
3.2 Fase de emergencia: Se activaran la totalidad de las redes quefiguran en el plan.
Para facilitar estas operaciones se elaboraran cuadros que reseñen lasnotificaciones y localizaciones correspondientes y los medios a emplear indicando lasprioridades en el empleo.
4. MEDIOS
Se utilizaran medios propios de Protección Civil, tanto alámbricoscomo inalámbricos, y aquellos otros que activados y puestos al servicio de la emergenciaaseguren el cumplimiento del Plan de Transmisiones.
ANEXO V
GLOSARIO
Las definiciones de los términos o expresiones contenidos en esteapartado tienen por finalidad darles un significado preciso dentro del contexto del Plande Emergencia Nuclear y sus anexos:
Accidente nuclear: Suceso fortuito que produce la liberación dematerial radiactivo en cantidad superior a la autorizada.
Categoría de un suceso: Es el conjunto de característicasasociadas al mismo que permite conocer según su evolución desfavorable los efluentesradiactivos que pueden ser emitidos al medio.
Centros de apoyo: Lugares desde donde de alguna forma la Entidadexplotadora coordina las actuaciones planificadas en una emergencia.
Contaminación externa: Aquella que, debida al material radiactivoliberado en un accidente nuclear, se encuentra en la superficie. Se aplica tanto a laspersonas como a los animales, terreno, objetos, etc.
Contaminación interna: Aquella que, debida al material radiactivoliberado en un accidente nuclear, se encuentra en los órganos internos del cuerpo humano.
Descontaminación: Eliminación o reducción de la contaminacióninterna o externa mediante procedimientos adecuados.
Detector: Dispositivo destinado a poner de manifiesto la presenciade radiaciones ionizantes.
Director de Emergencia: Es el máximo responsable por parte de laEntidad explotadora de tomar medidas necesarias para hacer frente a una emergenciaradiológica.
Director del Plan: Es el máximo responsable de la proteccióncivil en la provincia en donde se ubique una instalación con posibilidad de ocurrencia deun accidente nuclear.
Dosímetro: Instrumento o dispositivo que permite medir o evaluarla dosis absorbida.
Dosis o dosis absorbida: Energía cedida por las radiacionesionizantes a la unidad de masa irradiada. Si la materia irradiada es aire, la unidad demedida es el rad o el Gray. Si la materia irradiada es el tejido vivo, la dosis absorbidaefectada de ciertos factores modificantes toma el nombre de equivalente de dosis y suunidad de medida es el rem o el Sievert.
En el contexto de los Planes de Emergencia se utiliza la palabra dosisen sustitución de dosis absorbida o equivalente de dosis; la unidad que sigue al valor dela dosis establece la diferencia.
Dosis colectiva: Producto de la dosis que recibe un cierto grupo dela población por el numero de personas que lo constituye, extendido aditivamente a losdiversos grupos afectados. Su unidad es persona - Sievert o persona - rem.
Efecto radiológico: Consecuencia de tipo somático o genético enlas personas o en su descendencia, respectivamente, por estar sometidos a la exposiciónde radiaciones procedentes de un accidente nuclear.
Emergencia radiológica o nuclear: Ocurrencia de sucesos que puedenconducir a un accidente nuclear si las salvaguardias tecnológicas no funcionanpropiamente o si se produjesen errores en la operación de la instalación o aquellasituación en que se espera o se produce una elevación anormal en el nivel de radiación(o grado de contaminación) en algún lugar del territorio nacional.
Entidad explotadora: Compañía publica o privada autorizada por elMinisterio de Industria y Energía para explotar u operar una instalación según elReglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas.
Explotación: Conjunto de actividades conducentes a lograr lafinalidad para la que se ha construido una instalación dentro de los limites ycondiciones señalados en las especificaciones técnicas.
Exposición: Acción de exponer o exponerse a las radiacionesionizantes procedentes del material radiactivo liberado en un accidente nuclear.
Fase y situación de emergencia nuclear: A efectos del Plan deEmergencia Exterior, aquella que se corresponde con un cierto nivel de dosis (esperado oreal) a consecuencia de un accidente nuclear y en un área determinada dentro de las zonasde Planificación.
Grupos críticos: Conjunto de personas que reciben una dosissuperior a la del resto de la población debido bien a su ubicación, bien a sumetabolismo, bien a su edad, o bien a su forma o hábitos de vida. Se incluyen, a efectossanitarios, todo tipo de impedidos que necesiten del apoyo de otras personas para suatención personal.
Material radiactivo: Aquel que contiene sustancias emisoras deradiaciones ionizantes que ha sido liberado en un accidente nuclear.
Medidas protectoras o de protección: Aquellas que, tomadas en basea los niveles de intervención, justifican el riesgo radiológico que se evita a lapoblación que pueda quedar afectada por un accidente nuclear.
Niveles de intervención: Valores de dosis establecidos por laautoridad, que deberán ser tenidos en cuenta por el Director del Plan en la adopción demedidas de protección.
Nube radiactiva: Conjunto de gases, vapores y partículas ensuspensión que contiene el material radiactivo procedente de un accidente nuclear. Sedispersa en el aire según las condiciones atmosféricas reinantes.
Plan de Emergencia Integrado: Constituido por el Plan de EmergenciaInterior y el Plan de Emergencia Exterior, contiene la organización, medios yprocedimientos de actuación, tanto de la autoridad como del explotador, para hacer frentea las diferentes situaciones de emergencia y proteger a la población que pudiera verseafectada.
Precipitación radiactiva: Deposición del material radiactivocontenido en la nube radiactiva a consecuencia de la gravedad, absorción, adsorción oarrastre por lluvia.
Radiación: Consecuencia producida por la absorción energética deaquello que esta sometido a una exposición y que puede ser detectada o medida.
Riesgo radiológico: Probabilidad de aparacion de un efectoradiológico.
Suceso iniciador: Suceso (interno o externo a la instalación) queda lugar a una emergencia radiológica.
Zona bajo control del explotador: Area geográfica alrededor de unainstalación en donde el explotador ejerce el control de todas las actividades que en ellase producen, o cuando así no sea existen acuerdos que lo permitan.
Zonas de planificación de emergencia: Aquellas áreas geográficasmas allá de la zona bajo control del explotador, en donde es previsible que se tomenciertas medidas de protección sobre la población como resultado de una situación deemergencia.